Ord. 1217/96 Mensura y loteo terrenos sección 12ª

Expte. Nº 1.274/96.

VISTO:

El  expediente por el cuál el Ing. Geógrafo  Miguel  Angel Prece,  solicita la aprobación de los planos  de  Mensura, Urbanización,  y  Loteo   de una propiedad  de  los  Sres. Nicolás Vitantonio y Miguel Ercilio Miniello, y

 

CONSIDERANDO:

Que  los Señores propietarios han efectuado la  correspondiente  donación de calles y espacios verdes a la  Municipalidad  de Villa Gobernador Gálvez, según Actas de  Donación que obra en el mencionado expediente.

Que  las medidas de los lotes resultantes de  la  división están  de acuerdo al Reglamento de Loteo vigente  en  esta Municipalidad.

Que  se  realizarán  las obras en un todo  de  acuerdo  al Código  Urbano  según  Ordenanza Nº  1.144/95  y  Convenio firmado  entre  el  Sr. Secretario de  Obras  y  Servicios Públicos de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez  y los  Sres.  Nicolás Vitantonio y Miguel  E.  Miniello,  en fecha Noviembre 11 de 1.996.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1217/96

 

ART.1º) Apruébase  la Mensura, Urbanización y Loteo de una  fracción de terreno ubicada en la Sección Catastral 12º  Polígono  “C” Lote “A” según plano de Mensura Nº 136.113/94  y cuyo  dominio  es Tomo Nº 686 Folio Nº 335 Nº  302.673  de fecha  10 de Enero de 1.995, dando origen a la Manzana  Nº 42  “A” destinada a espacio verde, Manzana Nº 42  “B”  con lotes desde el número 1 al 17 inclusive, Manzana Nº 43 “A” 

       con lotes desde el número 1 al 24 inclusive, Manzana Nº 43 “B”  con lotes desde el número 1 al 24 inclusive,  Manzana Nº 47 con lotes desde el número 1 al 19 inclusive y Manzana    48 con lotes desde el número 1  al  23  inclusive, según Plano de Mensura confeccionado por el Ing.  Geógrafo Miguel Angel Prece.

 

ART.2º) Acéptese la donación a la Municipalidad de Villa Gobernador  Gálvez de una fracción de terreno de 4.733,10    de superficie  destinado  a espacios verdes, según  Plano  de Mensura que se adjunta.

 

ART.3º) Acéptese la donación a la Municipalidad de Villa Gobernador  Gálvez de una fracción de  terreno de 9.829,29 m²  de superficie para calles públicas, según Plano de Mensura.

 

ART.4º) Hágase saber que la escrituración del predio cedido  para espacios  verdes  y  calles públicas, se  llevará  a  cabo dentro  de  los noventa días de la fecha  de  aprobada  la presente, ante Escribano Público que designe la  Municipalidad.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 05 de 1.996.   

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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