Expte. Nº 1.275/96.

VISTO:

El  expediente por el cuál el Ing. Geógrafo  Miguel  Angel Prece, solicita la aprobación de los planos de Mensura,  y Sub División de una propiedad de los Sres. Paula María del Carmen  Galache, Marcelo Armando Stocco, Claudio  Fernando Stocco,  Aldo Ariel Stocco, Patricio René  Arpini y  María Fernanda Arpini, y

 

CONSIDERANDO:

Que los Señores propietarios han otorgado Poder Especial a los  Sres. René Arpini y Aldo Stocco inscripto al Tomo  Nº 875 Folio 466 Nº 302.180.

Que los Sres. propietarios han efectuado la correspondiente donación de calles y espacios verdes a la Municipalidad de  Villa Gobernador Gálvez, según Actas de  Donación  que obra en el mencionado expediente.

Que  las medidas de los lotes resultantes de  la  división están  de acuerdo al Reglamento de Loteo vigente  en  esta Municipalidad.

Que  se  realizarán  las obras en un todo  de  acuerdo  al Código Urbano según Ordenanzas Nº 1.144/95 y 1.213/96.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1218/96

 

ART.1º) Apruébase la Mensura, y  Sub División de una fracción  de terreno  ubicado  en Villa Gobernador Gálvez  y  designada como Lote D5  del Plano de Mensura Nº 135.797/94   Primero de Orden. Sección Catastral 4ta., Manzana 19 y cuyo  Dominio es Folio Real 16-10.572 Departamento Rosario de  fecha Diciembre  22  de 1.994, dando origen a la Manzana  Nº  19 Lotes  del  11 al 28 inclusive y, según Plano  de  Mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Miguel Angel Prece.

 

ART.2º) Acéptese la donación a la Municipalidad de Villa Gobernador  Gálvez de una fracción de terreno de 1.748,00    de superficie  destinado  a calles públicas, según  Plano  de Mensura que se adjunta.

 

ART.3º) Acéptese la donación a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez de una fracción de  terreno de 8.012 m² (  Lote G5 ) de superficie para espacios verdes, según   escritura pasada  por ante Escribano Leo C. Rambaldi,  Dominio  inscripto al Tomo 684 Folio 496/7/8/9 Nº 299496/7/8/9.

 

ART.4º) Hágase saber que la escrituración del predio cedido  para espacios  verdes  y  calles públicas, se  llevará  a  cabo dentro  de  los noventa días de la fecha  de  aprobada  la presente, ante Escribano Público que designe la  Municipalidad.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 05 de 1.996.     

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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