Expte. Nº 1.288/96.

VISTO

La Ley 2756 y la Ordenanza Nº 1.198/96, y

 

CONSIDERANDO:

El  interés de los Contribuyentes en sanear  sus  deudas, puesto de manifiesto por la incesante presentación de los mismos para tomar conocimiento del Régimen de Facilidades de Pago vigente.

El  constante pedido de las Organizaciones  Vecinales  de nuestra Ciudad, de ampliar la vigencia del mismo a  efectos  de permitir el acogimiento de una mayor cantidad  de deudores.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1225/96

 

ART.1º) Modifíquese  el Artículo 3º de la Ordenanza Nº  1.198/96, el  que  quedará redactado de la  siguiente  manera:  “Se incluyen en el presente régimen todas las deudas hasta el Período 06/96 y el importe total de las cuotas impagas de convenios suscriptos al 30/06/96.

 

ART.2º) Prorróguese hasta el 31 de Marzo de 1.997, el término  de vigencia  de la Ordenanza Nº 1.198/96, el que  podrá  ser prorrogado   por  Resolución  fundada  del   Departamento Ejecutivo  Municipal  por un período máximo  de  90  días corridos.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de Diciembre de 1996.

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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