VISTO:
El Expte. Nº 1310/97, nuevo recorrido para
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo estipulado por el Art. 39º, Incisos 38 y 39 de la citada Ley, es atribución del Concejo Deliberante ” Reglamentar la vialidad dentro del Municipio fijando normas para el tránsito de vehículos motor “. “Autorizar el funcionamiento de ómnibus y colectivos…”.
Que el recorrido propuesto para
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1241/97
ART.1º) Autorízase a las Empresas de Transporte Urbano de Pasajeros América Transporte S.R.L. y 9 de Julio S.R.L. para que a partir de la fecha de promulgación de la presente, modifique el recorrido de su Línea 35/9 Cartel Rojo de la siguiente manera:
IDA: Avda. San Martín, Eva Perón, Garay, Cte. Espora, 17 de Octubre, Santiago del Estero, Juan D. Perón al Swift.
VUELTA: Swift, Juan D. Perón, Santiago del Estero, 17 de Octubre, Cte. Espora, Belgrano, San Martín a Rosario.
ART.2º) Comuníquese a las Empresas de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Mayo 15, 1997.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni
