Ord. 1258/97 Moratoria Tasa Gral de Inmuebles

 

Expte. Nº 1338/97.

VISTO:

La Ordenanza Nº 1198/96.

La Ordenanza Nº 619/90.

La Ley 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que existen numerosos reclamos por parte de contribuyentes que pretenden regularizar su situación fiscal con relación a la Tasa General de Inmuebles, y que por diversos motivos no han logrado hacerlo hasta la fecha de vencimiento de la misma.

Que la Política Fiscal de esta Municipalidad es lograr  un cumplimiento  masivo de las obligaciones Tributarias y  en virtud  de este objetivo es necesario restablecer  por  un nuevo  período  la  vigencia de la moratoria  de  la  Tasa General de Inmuebles establecido por Ordenanza 1198/96.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1258/97

 

ART.1º) Reestablécese la vigencia de la Ordenanza Nº 1198/96, que dispuso  una moratoria para el pago de la Tasa General  de Inmuebles, por un período de 180 (ciento ochenta) días.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 3, 1997.

Presidente: Carlos Croci

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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