Expte. Nº 1338/97.
VISTO:
La Ordenanza Nº 1198/96.
La Ordenanza Nº 619/90.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que existen numerosos reclamos por parte de contribuyentes que pretenden regularizar su situación fiscal con relación a la Tasa General de Inmuebles, y que por diversos motivos no han logrado hacerlo hasta la fecha de vencimiento de la misma.
Que la Política Fiscal de esta Municipalidad es lograr un cumplimiento masivo de las obligaciones Tributarias y en virtud de este objetivo es necesario restablecer por un nuevo período la vigencia de la moratoria de la Tasa General de Inmuebles establecido por Ordenanza 1198/96.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1258/97
ART.1º) Reestablécese la vigencia de la Ordenanza Nº 1198/96, que dispuso una moratoria para el pago de la Tasa General de Inmuebles, por un período de 180 (ciento ochenta) días.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 3, 1997.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni