Ord. 1306/98 Prorroga por 48 meses la culminación Esc. 448

VISTO:

El Expediente Nº 1.451/98.

La Ordenanza Nº 1.240/97, y

 

CONSIDERANDO:

Que atento a que el Superior Gobierno de la Provincia, aún no  ha aprobado en forma definitiva la donación que se  le efectuara  oportunamente corresponde otorgar una  prórroga por 48 (cuarenta y ocho) meses para el cumplimiento de  lo dispuesto por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1.240/97.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1306/98

 

ART.1º) Prorróguese  por el lapso de 48 (cuarenta y ocho) meses a partir  de la fecha de vencimiento del plazo otorgado  por el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1.240/97, el término para la construcción del Edificio de la Escuela de Enseñanza Media Nº  448, en el terreno donado al Superior Gobierno  de  la Provincia.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de Abril de 1.998.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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