Expte. Nº 1.496/98.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 1.137/95 y Nº 1.310/98, y
CONSIDERANDO:
La expansión demográfica de la que ha sido objeto nuestra Ciudad, como consecuencia del natural crecimiento poblacional como así también, fruto de la emigración interna de familias oriundas de otras provincias.
Que este Municipio, acompaña el crecimiento poblacional con obras que redunden en el beneficio general del Pueblo, de modo de contribuir a mejorar las condiciones de vida, otorgando principalmente seguridad para quienes han elegido nuestra Ciudad para vivir como así también para todos aquellos que por distintos motivos, deban desplazarse en el interior de la misma; sin olvidar que esta Ciudad será eje central del Mercosur, debido a la radicación de Industrias y Fábricas de vital importancia en la zona, cobrando así sumo interés mantener los caminos en óptimo estado con el fin de que
Que por Ordenanza Nº 1.137/95 de fecha 23 de Noviembre de ese año, se crea un Fondo de Salud, Seguridad y Educación para financiar programas de acción Municipal.
Que la citada norma fue modificada por Ordenanza Nº 1.310/98 de fecha 30 de Abril de 1.998, clarificando los conceptos comprendidos y el destino del mencionado fondo.
Que este Municipio se encuentra trabajando en la preparación de proyectos de gran magnitud que tienden principalmente a efectivizar el derecho a
Que dada las deficiencias presupuestarias para encarar proyectos de esta índole y teniendo en cuenta que los habitantes de
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1320/98
ART.1º) Increméntese en 4 (Cuatro) Pesos el Fondo de Salud, Seguridad y Educación, creado por Ordenanza Nº 1.137/95, de fecha 23 de Noviembre de 1.995, con las mismas condiciones que las establecidas en el articulado de la mencionada norma, a los efectos de concretar Programas de acción Municipal, principalmente en lo relativo a Seguridad vial, mediante la realización de obras de pavimentación, repavimentación, bacheo, cordón cuneta y mantenimiento y con el objeto de avalar la financiación de las mismas, conforme lo establecido en el Visto y Considerando de la presente.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 25, 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
