Expte. Nº 1585/98
VISTO:
El Expte. Nº 1.585/98.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal solicita autorización para gestionar un crédito de Fomento por ante el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, dependiente de
Que nuestro Municipio se encuentra empeñado en la construcción de grandes desagües pluviales que permitan el escurrimiento de grandes volúmenes de agua, obras estas que resultan prioritarias y de fundamental importancia para
Esta circunstancia condujo a que los vecinos dividieran su desagüe cloacal en primario y secundario, considerando primario las descargas de inodoro y bidé conduciéndolas al pozo ciego y como secundario el sistema de descarga de mesadas y piletas de lavar volcándolas en la zanja urbana unificado con el sistema de descarga pluvial; de esta manera el producido de este último sistema consiste solamente de componentes líquidos por lo que se evita que se produzcan embancamientos en los conductos propuestos. Estos efluentes que corren a cielo abierto por una zona densamente poblada, ocasionando a su paso innumerables inconvenientes de todo tipo, especialmente sanitarios, hasta su volcamiento en el Arroyo Saladillo,son los que se intentan captar y encauzarlos en el drenaje que nos ocupa hasta el mismo punto de descarga actual.
De esta manera no se produce variación desde el punto de vista de calidad ni cantidad de líquido volcado pués con la obra se busca el objetivo de normalizar, concentrar y modificar la traza y la condición de traslación de los efluentes. Con respecto al tramo anterior a la descarga, donde en principio se admitía el escurrimiento a cielo abierto, ha sido proyectado con estructura de marco cerrado.
Actualmente se encuentra en ejecución un sistema de redes cloacales, y según los planes de trabajo vigentes al día de hoy, se acusa que en el plazo de doce años se completaría el sector, con lo que en ese término se normalizaría la condición de evacuación, y hasta ese entonces este emprendimiento tendría el carácter de transporte de líquidos cloacales en forma transitoria.
Que para la realización de las obras es necesario contar con una financiación adecuada, siendo obvio que resultaría imposible la concreción de las mismas de no contar con ello, siendo que dicha financiación puede lograrse únicamente mediante la obtención de un crédito de estas características, al cuál no podría acceder el Municipio en una Entidad Crediticia o Bancario común y corriente.
Que
Que es atribución del Concejo Deliberante legislar en la materia.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1348/98
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar por ante el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) dependiente de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de Octubre de 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale