Expte. Nº 1.579/98.
VISTO:
Las actuaciones diligenciadas con referencia específica a la solicitud presentada por las Autoridades del Programa Materno Infantil Nutricional (PROMIN), respecto a la desafectación del Dominio Público de los espacios verdes propuestos para la construcción de un Centro de Salud y Desarrollo Infantil, y
CONSIDERANDO:
Que los Señores propietarios han efectuado las correspondientes donaciones de los espacios verdes a
Que mediante Ordenanza Nº 890/93, el Concejo Deliberante aprobó la urbanización, aceptó la donación de una fracción de terreno ubicada en
Que mediante
Que a los efectos de reforzar y jerarquizar las Instituciones de Salud, Jardines de Infantes y Comedores Comunitarios para el mejoramiento de
Por todo lo expuesto, se estima justificado conceder favorablemente lo peticionado y por ende proceder a instrumentar la desafectación del Dominio Público de una fracción de las parcelas descriptas anteriormente.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1352/98
ART.1º) Desaféctese del Dominio Público y transfiérase al uso privado una fracción de terreno de
ART.2º) Desaféctase del Dominio Público y transfiérase al uso privado una fracción de terreno de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de Noviembre de 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
