Expte. Nº 1.597/98.
VISTO:
El rol preponderante de la mujer en nuestra Comunidad, a veces realizando actividades no remuneradas y de vital importancia para la conformación de la principal célula de la sociedad.
Que la mujer durante mucho tiempo se ha mantenido al margen de las distintas actividades socio-políticas y económicas, dada su condición de formadora de la esencia de toda sociedad, como es la familia.
Que con el transcurso del tiempo este concepto se ha modernizada, puesto que es harto comprobado que hoy por hoy la familia puede ser óptimamente integrada con mujeres que cumplen correlativamente funciones de madre, amas de casa y a la vez ejerciendo profesiones u oficios, esto es, con una fluída actividad en el ámbito social.
Que el concepto de mujer de hoy, es que se es mejor formadora de familia y de personas de bien, cuando paralelamente se logra también desarrollar y capacitar aquellas aptitudes naturales con que todo ser humano cuenta, sus logros personales, su auto valoración y su auto estima; sólo puede formarse personas de bien con arraigados valores cuando personalmente se ha desarrollado y se cuenta con esos valores.
Que siempre las mujeres estuvieron capacitadas para ejercer estos roles; y en los tiempos modernos, hombres y mujeres, como personas dotadas igualmente, logran integrarse armoniosamente, para llevar adelante aquel tradicional concepto de familia Argentina, con los nuevos roles que la mujer ha sabido ocupar, y
CONSIDERANDO:
Que a nivel Nacional se ha conformado el concejo Nacional de
Que en el Mes de Septiembre de este año se ha llevado a cabo un encuentro con Mujeres de
Que los legisladores de nuestra Provincia ya han dado media sanción al proyecto por el cuál se crea el Consejo Provincial de
Que
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1356/98
ART.1º) Créase como Organismo dependiente de
ART.2º) El Consejo creado por Art. 1º estará integrada por una Comisión de Mujeres Legisladoras y representantes de Entidades Intermedias de
ART.3º)
ART.4º) El Sr. Intendente Municipal designará un Coordinador/a Municipal.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 12, 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
