Ord. 1373/98 Habilitación muncipal empresa Top Panel

VISTO:

El Expediente Nº 1.520/98.

La Ordenanza Nº 1.144/95, Código Urbano Municipal.

La Ley 2756, Art. 39º, y

 

CONSIDERANDO:

Que  el  Departamento  Ejecutivo Municipal  eleva  a  este Concejo  Deliberante la solicitud de la Empresa TOP  PANEL S.A.  para la instalación de una Fábrica de  Enchapado  de Paneles Aglomerados y Afines.

Que  la misma estará ubicada en las intersecciones de  las calles Jujuy y Leandro Alem, más precisamente Alem 739  de nuestra  Ciudad; donde funcionarán la  Oficina  Comercial, Planta de Prensado y Depósito.

Que de acuerdo a lo que establece el Código Urbano Municipal en los Capítulos VII Sub Título 7.2. Inciso 40, y  III Sub Título 3.3.- Inc. J.

Que  este Concejo Deliberante en uso de  sus  atribuciones que le otorga la Ley 2756 y atendiendo a lo precedentemente  expuesto faculta al Departamento  Ejecutivo  Municipal para  que conceda a la Empresa mencionada la  Habilitación Municipal  correspondiente para su funcionamiento con  Uso no Conforme.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1373/98

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a otorgar  la Habilitación Municipal con Uso no Conforme a la Empresa TOP  PANEL  S.A.  para la instalación de  una  Fábrica  de Enchapado  de Paneles Aglomerados y Afines; debiendo  cumplir  la misma en forma obligatoria con todas las  medidas de seguridad recomendadas por los Bomberos Voluntarios  de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de Diciembre de 1.998.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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