Expte. Nº 1.633/99.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 619/90, y 1.290/97, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad realiza llamados a licitación de obras públicas de relevancia para la Ciudad con financiamiento de Instituciones Nacionales e Internacionales.
Que es necesaria la creación de un Registro Especial para la presentación en dichas licitaciones como condición indispensable para poder presentarse en las mismas, y tener posibilidades de compra y adquisición de los pliegos de Bases y Condiciones Generales y Técnicas de dichas licitaciones, siempre y cuando el valor de la obra a licitar sea igual o superior a $ 1.000.000.- (Pesos Un Millón).
Que deben otorgarse las garantías establecidas en el Art. 10 in fine de la Ley 2756: “libre concurrencia de oferentes, igualdad de oportunidades a los mismos, transparencia y falta de arbitrariedad del proceso”.
Que la presente Ordenanza formará parte de la Ordenanza Tributaria Anual Nº 1.372/98, en caso de cumplirse los requisitos para la entrada en vigencia de esta última.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1.375/99
ART.1º) Se fija en $ 1.500.- (pesos un mil quinientos), el costo de la inscripción en el Registro Especial para Proveedores por cada Obra Pública con financiamiento de Instituciones Nacionales o Internacionales que se licite, cuando el valor de la obra a licitar sea igual o superior a $ 1.000.000.- (pesos un millón).
ART.2º) La inscripción y el pago del importe respectivo, fijados en el Artículo anterior, constituyen un requisito indispensable para la compra o adquisición del Pliego de Bases y Condiciones, los que podrán efectuarse hasta el último día en que se encontrara a la venta dicho pliego.
ART.3º) El trámite respectivo será realizado en la Oficina de Compras y Suministro, imputándose a la Partida Presupuestaria Nº 0.1.1/01.01.24.00 Sellados.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 06 de Enero de 1.999.
Presidente: Daniel Machado
Pro Secretaria: Victoria Beloni
