Expte. Nº 1.422/98.
VISTO:
El Expediente Nº 1.422/98, referido a la solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal de autorización para la renovación del Contrato de Locación celebrado oportunamente entre la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez y el Señor Elso Herminio Bartoli, respecto al Inmueble ubicado en calle Sthepenson 1756, Sección Catastral 8va., Manzana 27 Lote 001; de nuestra Ciudad.
La Ordenanza Nº 1165/96 por la que se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el correspondiente Contrato de Locación objeto de la actual solicitud de renovación.-
La Ley 2756, en su Art. 11º, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar con un local apropiado para el funcionamiento del Tribunal Municipal de Faltas y Corralón Municipal, por lo que es obvio, debe renovarse el contrato de locación oportunamente suscripto, atento a que el inmueble precedentemente mencionado fue el que este Concejo consideró adecuado para tal fin al momento de autorizar la suscripción del primer contrato .-
Que es atribución del Concejo Deliberante en virtud de lo expresamente dispuesto por el art. 11 de la ley 2756, para casos como éste, autorizar la contratación directa prescindiendo del llamado a licitación, tal como se hizo al momento de autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir el Contrato de Locación cuya renovación ahora se solicita.-
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1295/98
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal en virtud de las facultades que otorga a este Concejo Deliberante el Art. 11º de la Ley 2756, proceda a la renovación por el término de dos años a partir del 01/03/98 del Contrato de Locación suscripto en el Mes de Marzo de 1.996 con el Sr. Elso Herminio Bartoli y referido al Inmueble sito en calle Stephenson 1756 de esta Ciudad e identificado catastralmente como Lote 1, Sección Catastral 8va. Manzana 27, debiendo mantenerse inalterables todas y cada una de las clausulas del contrato originario, quedando expresamente prohibida la introducción de nuevas y/o modificación de las existentes sin previa autorización de este Concejo Deliberante.
ART.2º) Autorízase el gasto de $ 2.000. (Pesos Dos Mil) mensuales para el pago del alquiler del inmueble descripto en el Art. 1º de la presente, el cuál deberá imputarse a la partida correspondiente.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 4, 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
