Expte. Nº 1.652/99.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39º (Ley Orgánica de las Municipalidades), que establece que es atribución del Concejo la adopción en general de todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y bienestar de la población.
La necesidad de crear un Centro Municipal de Salud Animal, y
CONSIDERANDO:
Que es excesiva la cantidad de animales sueltos en la vía pública de nuestra Ciudad, afectando la seguridad de los vecinos.
Que el objetivo del Centro Municipal de Salud Animal radicará en la esterilización masiva y erradicación de animales vagabundos.
Que las diversas actividades de las que se ocupará este Centro como ser la esterilización, rehabilitación, vacunación, adopción de animales; resguardan la protección de los mismos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1379/99
ART.1º) Créase como Organismo dependiente de la Municipalidad de Villa VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ , el Centro de Salud Animal en el ámbito de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente ,o la que en un futuro la reemplace, cuyo objetivo principal será propiciar políticas de sanidad adecuadas para la preservación de la salud animal y el control de su reproducción con métodos éticos, procurando así el control sanitario y la regulación de la tenencia de animales domésticos en armonía con la salud pública, la higiene y la seguridad de personas y bienes. Texto según Ord. 2731/20.
Texto anterior: “Créase como Organismo dependiente de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, el Centro Municipal de Salud Animal, cuyo principal objetivo es la esterilización masiva y la erradicación de animales vagabundos de las calles de nuestra Ciudad.”
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal adoptará las medidas para la reglamentación, funcionamiento, instalaciones, personal, insumos, etc. el cuál deberá ser elevado al Concejo Deliberante para su posterior aprobación.
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal promocionará en el ámbito de la Comunidad de Villa Gobernador Gálvez, la creación de una Asociación de Amigos que actúe como grupo de apoyo del Centro creado por el Art. 1º.
ART.4º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de Marzo de1.999.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
