Expte. Nº 1.651/99.
VISTO :
La Ley Provincial Nº 11.578.
La Ley Nº 2756.
La Ordenanza Nº 1.311/98, y
CONSIDERANDO:
Que por la referida Ordenanza se donó al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe una fracción de terreno propiedad privada de esta Municipalidad con cargo de construcción de un penal.
Que a partir de la sanción de la Ley Nº 11.578 el Gobierno Provincial ha encarado un ambicioso proyecto para la construcción de un Complejo Carcelario que aloje a 600 detenidos lo cuál implica la necesidad de contar con un terreno de aproximadamente 250.000 m².
Que el Municipio cuenta con dicho espacio, concretamente con los terrenos ubicados en la Sección Catastral 17º cuya superficie total asciende a 143.392,76 m² inscripto el Dominio al Tomo 321 C, folios 1519 Bis y 1520 Bis, Nº 131.437 y 136.496, Departamento Rosario, siendo que ha ello deben sumarse los 92.081, 26 m² donados en el Año 1.977 por sus propietarios al Municipio para espacios verdes y calles públicas.
Que será de suma importancia para posibilitar el acceso y conexión del Complejo Carcelario con la Planta Urbana de Villa Gobenador Gálvez que el Superior Gobierno de la Provincia construya un camino pavimentado a tales fines.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1378/99
ART.1º) Derógase en todas sus partes la Ordenanza Nº 1.311/98 retrotrayéndose la propiedad de inmueble descripto en la misma al Municipio y dejando sin efecto la donación autorizada a favor del Gobierno Provincial.
ART.2º) Desaféctese del Dominio Público Municipal las Manzanas Nº 9 y 10 y las calles públicas donadas según Plano Nº 91.408 aceptado por Decreto 86/77 de la Sección catastral Nº 17º, traspasándose las mismas al Dominio Privado de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART.3º) Dónase al Superior Gobierno de la Provincia – Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Fe – una fracción de terreno propiedad privada de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez que se corresponde con la identificación Catastral: Sección 17º, Parcelas Lotes Nº 2 A del Plano Nº 56.033 del Año 1.968 y Lote Nº 2 B2 del Plano Nº 61.239 del Año 1.969, inscripto el Dominio al Tomo 321 C, folios 1.519 Bis y 1.520 Bis Nº 131.437 y 136.496 Departamento Rosario con cargo de que el mismo sea utilizado por la donataria para la construcción del Complejo Carcelario autorizado por Ley Provincial Nº 11.578 y con la sanción de retrocesión de la propiedad en caso de no cumplimiento del cargo en el plazo de 18 meses a partir de la suscripción de la correspondiente Escritura de Donación, en la cuál deberá constar tal condición.
ART.4º) Queda a cargo del Superior Gobierno de la Provincia la realización de las obras de infraestructura necesarias para posibilitar el acceso y conexión del Complejo Carcelario con la Planta Urbana de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez y para la llegada a dicho Complejo de los servicios de agua, energía eléctrica, etc.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de Marzo de 1.999.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale