Ord. 1404/99 Convenio entre Municipalidad y Dirección Provincial de Vialidad
Expte. Nº 1.727/99.
VISTO:
Elacuerdorealizadoentre laMunicipalidaddeVilla Gobernador Gálvez y la Dirección Provincial de Vialidad en elmarco del Programa de Descentralización Vialencarado poresteorganismopara recibirencomodatodiversos elementos de maquinarias viales, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario simplificar la ejecución delconvenio, para lo cuál es conveniente otorgar facultades a esta Municipalidadpara realizar todos los actos para sucumplimiento.
Quea los fines de garantizar el cumplimiento delconvenio, correspondería facultar a la Dirección Provincialde Vialidada afectar los fondos de Coparticipaciónquele correspondan a esta Municipalidad.
Queevaluando los servicios que realizarán loselementos en los equipos son beneficios para la zona.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº1404/99
ART.1º) Apruébese la formalización de un Convenio entre laMunicipalidadylaDirección ProvincialdeVialidadpara recibirencomodato elementos de maquinariasvialesen desuso para ser destinados a equipos que realizarán trabajos en el ámbito de su jurisdicción.
ART.2º) Facúltaseal Departamento Ejecutivo Municipal parasuscribirel Convenio que forma parte integrante de lapresente Ordenanza, como así también para realizar todoslos actos necesarios para el cumplimiento del compromiso.
ART.3º) Apruébase toda inversión que deba efectuar la Municipalidad y que fuera necesaria para el cumplimiento delconvenioreferenciadoenel Art. 2º en el marcodesuLey orgánica.
ART.4º) Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad aafectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidada fin de resarcirse de los perjuiciosque ocasionare el incumplimiento del Convenio a suscribir.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de Septiembre de 1.999.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
M.O.S.P. Y V.
DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD
SANTA FE.
Entrela Dirección Provincial de Vialidad, enteautárquico porimperio de la Ley 4.908 y su modificatoria Nº 6.336,representadaenesteacto por el Administrador delamismaSeñor ClaudioTibaldo,fijando domicilio legal en el 10mo.Pisodel Palacio Municipal, sito en calle Salta 2951 de la Ciudad de Santa Fe que en adelante se denominará VIALIDAD por una parte y porla otra la MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ, representada en este acto por su Intendente Señor PEDRO GONZALEZ, fijando domicilioalos efectos legales en la Secretaría deAcciónComunal, sito en calle 3 de Febrero 2649 de la Ciudadde Santa Fe, el que en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD, acuerdan celebrarel presenteconvenio, el que se integra y rige porlassiguientes cláusulas.——————————————————-
PRIMERA: VIALIDAD entrega en comodato a la MUNICIPALIDADelementosde maquinarias viales en desuso y dadas de bajadepositados enelCampamentoEL REMANSO que consisten en: a)volcaderay especificadorcompletodemotoniveladoraCaterpillarserie 63U4164; b) volcadera de motoniveladora Artasar; c) parte frontal topador 007; los que se aceptan de conformidad declarando conocer el estado en que se encuentran.———————————-
SEGUNDA:LA MUNICIPALIDAD, asume a su exclusivo cargoelgasto quedemandecualquier reparación que se efectúealosbienes cedidos,losqueserán empleados enlamotoniveladoraDRMCO propiedadde la Municipalidad la que reparada se utilizarápara elordenamiento de residuos domiciliarios en el basuralMunicipal.————————————————————-
TERCERA: LA MUNICIPALIDAD asume la responsabilidad civil ypenal por los dañosy perjuicios que pudiera ocasionar a VIALIDAD ya terceros con motivo de la utilización de los repuestos cedidos en los trabajos de reparación de la motoniveladora y en el de destino de la misma, como así también asume exclusiva,ente laresponsabilidadlaboral por el personal que emplee en la ejecuciónde los mismos.——————————————————
CUARTA:LA MUNICIPALIDAD se obliga a contratar un segurocontra terceros,robos,daños parciales ytotales,debiendoremitir fotocopia de la póliza correspondiente a la DirecciónProvincial de Vialidad.—————————————————–
QUINTA:LA MUNICIPALIDAD se compromete denunciaranteVIALIDAD cualquier accidente a terceros producido con motivo o enocasión delosbienes cedidos, debiendoacompañarlacorrespondiente denunciapolicialen un plazo no mayor de 72 (setentaydos) horas de acaecido el mismo.————————————–
SEXTA:VIALIDAD en caso de ser necesario. se reserva elderecho derequerira la MUNICIPALIDAD la devolución inmediatadelos elementosen el estado en que se encuentran,comunicandodicha decisión con una antelación de 30 (treinta) días.—————-
SEPTIMA: L duración del comodato será por el término de 5 (cinco) años, a partir de la entrega de los elementos motivo delpresente; finalizado dicho plazo, la MUNICIPALIDAD deberá reintegrara VIALIDAD todos los elementos en el estado en que se encuentren.–
OCTAVA: Las partes de común acuerdo pueden rescindir elpresente conveniocomunicandodicha decisión con unaantelaciónde30 (treinta) días.————————————————–
NOVENA: Para dirimir todas las cuestiones o controversias quese susciten con motivo de este Convenio, las partes se sujetan ala Ley Nº 7893 de Conflictos Interadministrativos de la Provincia de Santa Fe.——————————————————–
Enprueba de conformidad de las partes, se firman 3(tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los…días del mes de…de Mil Novecientos Noventa y Nueve.———————