Expte. Nº 1.778/99.
VISTO:
Las tramitaciones efectuadas por el Departamento Ejecutivo Municipal para la incorporación de la zona RUE 2 como futuro Parque Industrial, y
CONSIDERANDO:
Que
Que la actual Administración Municipal dentro de su política de gobierno tiene como firme objetivo el logro de la radicación de industrias modernas y eficientes con el principal objetivo de que se creen nuevas fuentes de trabajo.
Que para ello se hace necesario redimensionar toda el área de la parcela destinada para tal fin y delimitada por las calles Bordabehere al Norte, Montevideo al Sur, Ruta Pcial. Nº 22 S al Este y calle Juan XXIII al Oeste.
Que en dicho predio existen manzanas y calles producto del plano de mensura y subdivisión Nº 63368/70.
Que la totalidad de las manzanas fueron adquiridas por
Que a los efectos de cumplimentar con la totalidad de la superficie destinada al Parque Industrial se hace necesaria la incorporación de las calles públicas que fueron donadas a
según plano de mensura Nº 63368/70.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1419/99
ART.1º) Desaféctese del Dominio Público Municipal atento a los considerandos expuestos precedentemente las siguientes fracciones:
* Calle Colombia entre Bordabehere y Montevideo.
* Calle Panamá entre Bordabehere y Montevideo.
* Calle Nicaragua entre Bordabehere y Montevideo.
* Calle Noruega entre Bordabehere y Montevideo.
+ Calle Bélgica entre Bordabehere y Montevideo.
* Av. Pellegrini en el tramo comprendido por las calles Juan XXIII y
ART.2º) La transferencia de dominio se realizará una vez finalizadas las actuaciones administrativas y judiciales pertinentes.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de Diciembre de 1.999.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
