Expte. Nº 1962/2000.
VISTO:
Las disposiciones que en materia presupuestaria prevé
CONSIDERANDO:
Que es necesario dotar a
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1463/2000
ART.1º) Fíjase en la suma de $ 21.636.952,26 (Pesos veintiún millones seiscientos treinta y seis mil novecientos cincuenta y dos con 26/100) el total de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de
RTAS.GLES. RTAS.ESPEC. TOTAL
EROGACIONES CORRIENTES 13.525.949,53 451.117,00 13.977.066,53
OPERACION 12.490.430,60 182.160,00 12.672.590,60
– Personal 7.469.000,00 112.500,00 7.581.500,00
– Bs. y Serv. no pers. 5.021.430,60 69.660,00 5.091.090,60
INTERESES DE
TRANSFERENCIAS 329.518,93 – 329.518,93
A CLASIFICAR 50.000,00 – 50.000,00
CONCEJO DELIBERANTE 611.000,00 – 611.000,00
EROGACIONES DE CAPITAL 6.736.503,73 923.382,00 7.659.885,73
INVERSION REAL 6.586.503,73 923.382,00 7.509.885,73
– Bienes de capital 557.000,00 27.000,00 584.000,00
– Trabajos Públicos 6.029.503,73 896.382,00 6.925.885,73
BIENES PRE-EXISTENTES 150.000,00 – 150.000,00
INVERSION FINANCIERA – – –
– Aportes de capital – – –
– Préstamos – – –
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TOTALES 20.262.453,26 1.374.499,00 21.636.952,26
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ART.2º) Estímase en la suma de $ 15.644.287,00 (Pesos quince millones seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos ochenta y siete con 00/100) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo Nº 1, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica a continuación:
Rtas.Gles. Rtas.Espec. Total
RECURSOS CORRIENTES 13.669.787,00 1.574.500,00 15.244.287,00
DE JURISD. PROPIA 9.475.787,00 1.574.500,00 11.050.287,00
TRIBUTARIOS DEL EJERC. 6.025.212,00 1.574.500,00 7.599.712,00
– Tasas y Derechos 5.994.412,00 1.574.500,00 7.568.912,00
– Contrib. de Mejoras 30.800,00 —– 30.800,00
NO TRIBUTARIOS DEL EJERC. 1.184.675,00 —– 1.184.675,00
TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. 2.219.900,00 —– 2.219.900,00
NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. 46.000,00 —– 46.000,00
DE OTRAS JURISDICCIONES 4.194.000,00 —– 4.194.000,00
COPARTICIPACION EJERCICIO 4.044.000,00 —– 4.044.000,00
COPART. EJERC. ANTERIOR 150.000,00 —– 150.000,00
RECURSOS DE CAPITAL 400.000,00 —– 400.000,00
REEMBOLSO DE PRESTAMOS —— —– ——
VENTA ACTIVO FIJO 400.000,00 —– 400.000,00
OTROS RECURSOS DE CAPITAL —— —– ——
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TOTALES 14.069.787,00 1.574.500,00 15.644.287,00
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ART.3º) Fíjase en la suma de $ 365.001,00 (Pesos trescientos sesenta y cinco mil uno con 00/100), el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a continuación:
Rtas.Gles. Rtas.Espec. Total
OTRAS EROGACIONES
EROGACIONES PARA ATENDER
– Amort. Deuda Pública —– 200.001,00 200.001,00
– Amort. Ajuste Deuda Púb. —– —– —–
– Amort. Otras Deudas 165.000,00 —– 165.000,00
– Amort. Ajuste Otras Deudas —– —– —–
EROGACIONES PARA ATENDER
ADELANTOS A PROVEEDORES Y
CONTRATISTAS —– —– ——
———————————————
TOTAL OTRAS EROGACIONES 165.000,00 200.001,00 365.001,00
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ART.4º) Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo:
TOTAL
I – TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 1º Y 3º 22.001.953,26
II – TOTAL DE RECURSOS S/ART.2º 15.644.287,00
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III – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 6.357.666,26
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ART.5º) Estímase en la suma de $ 6.357.666,26 (Pesos seis millones trescientos cincuenta y siete mil seiscientos sesenta y seis con 26/100) el Financiamiento de
Rtas.Grles. Rtas.Espec. Total
FINANCIAMIENTO:
1- APORTES NO REINTEGRABLES 2.850.000,00 —– 2.850.000,00
2- USO DEL CREDITO 3.507.666,26 —– 3.507.666,26
– Aportes reintegrables pro-
venientes del Estado Pcial.
o Nacional 2.192.077,26 —– 2.192.077,26
– Préstamos Bancarios —– —– —–
– Préstamos Gob. Pcial. —– —– —–
– Préstamos Gob. Nacional 1.315.589,00 —– 1.315.589,00
3- ADELANTOS OTORGADOS A
PROVEEDORES EN EJERC.
ANTERIORES —– —– ——
4- REMANENTE EJERC. ANTERIORES —– —– ——
——————————————-
TOTAL DE FINANCIAMIENTO 6.357.666,26 —– 6.357.666,26
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I – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 6.357.666,26
II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO 6.357.666,26
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RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
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ART.6º) Fíjase en 561 (Quinientos sesenta y uno ) el número de cargos presupuestados de
ART.7º) El Departamento Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarios con la única limitación de no alterar el total de Erogaciones Corrientes y el total de Erogaciones de Capital fijadas en la presente Ordenanza.-
ART.8º) Autorízase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto General incorporando las Partidas Específicas necesarias o incrementando las ya previstas cuando deba realizar Erogaciones originadas por la adhesión a Leyes o Decretos Nacionales o Provinciales de vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional o Provincial, no pudiendo ser modificado el Balance Financiero Preventivo.-
ART.9º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de Noviembre de 2000.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
Nota: Modificada por Ordenanza Nº 1468/01
Modificada por Ordenanza 1473/01
