Expte. Nº 2.170/02.
VISTO:
Las mociones aprobadas sobre tablas en
CONSIDERANDO:
Que los hechos de violencia acaecidos los días 19, 20 y 21 de diciembre de 2.001 en todo el territorio nacional también afectaron a comercios de nuestra Ciudad.
Que el perjuicio económico sufrido por dichos comerciantes merece un especial tratamiento de este Cuerpo Deliberativo para aliviar esa situación.
Que entre los medios disponibles tendientes a favorecer la continuidad del giro comercial de los afectados se encuentra la de eximir de los tributos municipales a los mismos.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1.493/2.002
ART.1º) Los comercios debidamente habilitados por el municipio de Villa Gobernador Gálvez al 19 de diciembre de 2.001, que hayan sufrido robo agravado, y que habiendo denunciado el ilícito ante la autoridad policial o, habiendo actuado ésta de oficio, y se hubiera iniciado instrucción sumaria, con intervención del Juzgado Penal correspondiente como consecuencia de los saqueos producidos los días 19, 20 y 21 de diciembre de 2.001, quedarán exentos del pago de
a) cuando el o los titulares del comercio afectado, sean propietarios o posean boleto de compra venta con fecha anterior al 19/12/2.001 del inmueble que ocupa dicho comercio.
b) en los casos en que el o los titulares del comercio afectado no sean propietarios del inmueble que ocupa dicho comercio, y puedan demostrar fehacientemente que tienen a su cargo el pago de
ART.2º) Quedan exentos del pago de
ART.3º) Los comercios que encontrándose debidamente habilitados por el municipio al 19 de diciembre de 2.001, y que reúnan las condiciones establecidas en el Art. 1º, quedan exentos del pago del Derecho de Registro e Inspección por el período 2.002.
ART.4º) Los comercios comprendidos en la presente Ordenanza, deberán solicitar las exenciones previstas, mediante el inicio de un expediente y para gozar de los beneficios de la exención, no será condición el tener regularizado previamente el pago de las tasas y derechos contemplado en los Arts. 1º, 2º y 3º.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de enero de 2.002.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
