Expte. Nº 2.189/02.

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 25.025/01, mediante el cuál  se solicita la aprobación del radio de acción de la   Asociación Vecinal denominada ” Arroyito “.

La Ordenanza N º 77/84.

El Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 2.682/02, y

 

CONSIDERANDO:

Que  los  solicitantes han  cumplimentado  los  requisitos exigidos, ya sea con respecto a los fines como a la  documentación que se debe presentar.

Que  la Coordinadora de Vecinales a fojas 35  y la  Dirección de Asuntos Legales a fojas 36 del Expte. Municipal de referencia, recomiendan su aprobación.

Que de acuerdo al Artículo 3º de la Ordenanza N º 77/84 , es necesario dictar la medida legal necesaria para la aprobación del radio de acción de la citada Asociación Vecinal.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1503/2002

 

ART.1º) Apruébase  el  radio de acción de la  Asociación  Vecinal Arroyito que será el siguiente:

       * Ingeniero Mosconi vereda Norte al SUR; Magallanes  ambas veredas  al  ESTE;  Crespo vereda Este  al  OESTE;  Arroyo Saladillo al NORTE.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 02 de mayo de 2.002.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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