VISTO:
El Contrato de Concesión del Servicio Público de Energía Eléctrica y de Alumbrado Público de
CONSIDERANDO:
Que dicha Ley contempla para el ámbito de
Que resulta necesario adherir a
Que por otra parte resulta necesario autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar gestiones de renegociación de monto máximo con el concesionario del Servicio Público de Energía Eléctrica respecto a los gastos que efectúa
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1534/2002
ART.1º) Dispónese que el Municipio de Villa Gobernador Gálvez adhiere a
ART.2º) PRECIOS:
Para el cálculo de la redeterminación de precios se utilizarán como valores máximos (valores tope) de referencia los valores informados por
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a renegociar con el Concesionario del Servicio Público de Energía Eléctrica (Cooperativa Integral Ltda. Villa Gobernador Gálvez) el monto máximo por los gastos que efectúa por trabajos de reposición de lámparas y mantenimiento de artefactos y de redes de energía eléctrica (Clausula Tercera in fine Contrato de Concesión) debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal remitir a este Concejo Deliberante para su aprobación el nuevo monto máximo al que se arribe una vez concluída la renegociación del mismo, debiendo asimismo elevar toda la documentación que justifique tal redeterminación.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 2.002.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale