Exptes. Nº 4.717/13 y 4.726/13.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

Las Leyes Provinciales N° 2449 y 2499,

El Reglamento del Transporte Urbano de Pasajeros, Ord. N° 154/85,

La Ordenanza Nº 2061/12, Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros,

El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que por la ausencia total del servicio de transporte público en la zona catastral N° 8 los vecinos quedan incomunicados y aislados con respecto a otras zonas de la Ciudad y que, dependiendo de las inclemencias del tiempo, se ven obligados a recurrir a otros servicios más costosos como taxis y remises.

Que por encontrarse en dicha zona un jardín de infantes nucleado, una escuela, una delegación de Aguas Santafecinas S.A. y varias fábricas en expansión, el tránsito peatonal se incrementa día a día.

Que, por otro lado, actualmente la mencionada Línea 143 Bandera Roja termina su recorrido en Mármol y Camino del Inmigrante pero que, con todo, durante los horarios de llegada y salida de la planta Unilever SA la línea 143 Bandera Roja extiende de hecho su recorrido hasta la entrada a la mencionada planta.

Que los vecinos han expresado su interés de que esa extensión se mantenga durante todo el día y que los dos barrios aledaños se beneficiarían de una tal extensión permanente del recorrido de la línea en cuestión, más aun teniendo en cuenta que hay muchos niños que asisten a clases a la Escuela Primaria Nº 1330 Lisandro de la Torre.

Que es necesario garantizar que los recorridos del transporte urbano de pasajeros se ajusten a las necesidades de los vecinos y que, en este caso en particular, además de ya realizarse de hecho en algunas frecuencias, la extensión supone solamente 2.000 metros.

Que la seguridad es actualmente un tema sumamente sensible, siendo prioritario evitar que los vecinos deban caminar largos trayectos desde y hacia sus hogares.

Que es atribución de este Cuerpo fijar los recorridos de las líneas de transporte en el Municipio, poniendo especial atención en las necesidades de los vecinos y peatones y que este Concejo Deliberante considera que la presente modificación del recorrido de la línea en cuestión redundará en beneficio de toda la comunidad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2106/2013

 

ART. 1º) Insértese la siguiente modificación al Anexo I “Diagrama de Recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gobernador Gálvez”, Ordenanza Nº 2061/2012:

Línea 143 Roja:

Ida: Desde Camino del Inmigrante y Puerta de Ingreso a Unilever SA por Camino del Inmigrante, Avda. San Martín, Chubut, Las Heras, Belgrano, Pasteur, Garibaldi, Mitre, Av. Filippini, Bv. San Diego, Rivadavia, Gral. López, Av. San Martín hacia Municipio de Rosario.

Vuelta: entrada al Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Edison, Vélez Sarsfield, Rivadavia, Bv. San Diego, Av. Filippini, Ing. Mosconi, Pasteur, Belgrano, Las Heras, Chubut, Avda. San Martín, Camino del Inmigrante Puerta de Ingreso a Unilever SA.

 

ART. 2º) Se proceda a dar conocimiento a la empresa prestataria del servicio mencionado en el artículo precedente. El Departamento Ejecutivo Municipal garantizará a su turno la correcta implementación del nuevo recorrido.

 

ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  11 de abril de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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