Expte. Nº  4.881/13.

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 43.807/13, de fecha 3 de julio de 2013 por el cual el Gremio Asociación Trabajadores del Estado, solicita la aprobación de los planos de mensura y subdivisión con una excepcion de la Ordenanza Nº 1.144/95, y

 

CONSIDERANDO:

Que si bien de acuerdo a la Ordenanza Nº 1.144/95 que reglamenta el Código Urbano Municipal establece como medidas mínimas de los lotes 10 metros en su frente y una superficie mínima de 200 m².

Que las superficies de los lotes productos de la división superan el valor establecido por dicho a Ordenanza, si bien las medidas mínimas de los frentes no se corresponden con lo establecido.

Que los señores propietarios efectuarán la donación de los espacios verdes a ceder a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que la zona se encuentra en zona de expansión urbana (E1-2) apta para ser urbanizada de acuerdo al Código Urbano Municipal en vigencia.

Que dicho fraccionamiento será destinado para el asentamiento de viviendas para los afilados al gremio Asociación Trabajadores del Estado.

Que de acuerdo al Reglamento del Código Urbano aprobado por Ordenanza Nº 1.144/95 se cumplimentaron los anchos  oficiales de calles establecidos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.143/2013

 

ART.1º) Otórgase la viabilidad a la Asociación Trabajadores del Estado de realizar el loteo de acuerdo al Expediente Municipal Nº 43.807/13.

 

ART.2º) Los señores propietarios deberán efectuar las obras de infraestructura en un todo de acuerdo al reglamento de loteo establecido en la Ordenanza Nº 1.144/95, con la excepción planteada en los Considerandos.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de agosto de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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