Ord. 2146/13 Aprobación planos de mensura y subdivisión propiedad de AMERISTAR SA
Expte. Nº 4.882/13.
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 43.976/13, de fecha 15 de agosto de 2013 por el cual el Ing. Geógrafo Miguel A. Prece, solicita la aprobación de los planos de mensura y subdivisión de una propiedad de los señores AMERISTAR S.A., y
CONSIDERANDO:
Que los señores propietarios han efectuado la correspondiente donación de calles a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según actas de donación que obran en el presente expediente.
Que las medidas de los lotes resultantes de la división están de acuerdo al Reglamento de Uso y División del Suelo Ordenanza Nº 1.144/95 y sus modificatorias vigente en esta Municipalidad.
Que de acuerdo al Reglamento del Código Urbano aprobado por Ordenanza Nº 1.144/95 se cumplimentaron las medidas mínimas de lotes como así también con relación a los anchos oficiales de calles establecidos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.146/2013
ART.1º) Apruébase la Mensura y Subdivisión de un lote de terreno ubicado en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez y designado como Sección Nº 13, Parcela Nº 51, Lote “A” y cuyo dominio es Folio Real-Matrícula Nº 16041245 de fecha 16/07/07, estando empadronado en el S.C.I.T. bajo la partida de impuesto inmobiliario Nº 16-08-00-344258/0049 dando origen a los lotes Nº 01 al Nº 13 inclusive que se destinarán a la radicación de galpones de depósitos, según plano de mensura confeccionado por el Ing. Miguel Prece.
ART.2º) Acéptese la donación de una fracción de terreno de 9.958,00 metros cuadrados de superficie destinados a la apertura de las calles públicas a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de mensura que es parte integrante del presente expediente.
ART.3º) Hágase constar que la escrituración de los predios cedidos para calles públicas se llevarán a cabo dentro de los 90 días de la fecha de aprobación de la presente Ordenanza, ante Escribano Público que designe la Municipalidad.
ART. 4º) Quedará a cargo de la empresa loteadora la realización de un compactado y mejorado en calle Monte Hermoso desde Av. San Martín hasta el límite Oeste del loteo aprobado por esta Ordenanza, más la colocación de alumbrado público en toda la extensión del loteo por Calle Monte Hermoso. Texto según Ordenanza 2184/14
{tip Texto anterior:: ART.4º) Quedará a cargo de la empresa loteadora la construcción de una carpeta asfáltica en calle Monte Hermoso desde Av. San Martín hasta el límite Oeste del loteo aprobado por esta Ordenanza.
}Texto anterior{/tip}
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de septiembre de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci