Ord. 2340/15 Prórroga de la Tasa General de Inmuebles

Expte. 5.659/15.

VISTO:

 Ordenanza Nº 1608/04, Art. 6º ( ultima parte) , modificada por Ordenanza Nº 1.877/09, la Ley 2756, Art. 41º Inc.3, la emisión del  9º,  10º, 11º y 12º anticipo de la Tasa General de Inmuebles correspondientes al año 2015, y

                                                                

CONSIDERANDO:

Que es práctica habitual, el reparto a domicilio anticipado de la emisión cuatrimestral de los anticipos mensuales de la Tasa General de Inmuebles Urbana y Suburbana, cuyo 1º vencimiento opera el 4to. Día hábil del mes siguiente con un descuento del 20%, el 2º vencimiento opera el 7mo día hábil del mes siguiente con un descuento del 10 % y el 3º vencimiento a partir del 8vo. Día y hasta el 10 día hábil del mes siguiente sin descuento (neto)

Que por razones ajenas a la actual administración municipal, la emisión correspondiente al cuatrimestre 9, 10, 11 y 12 anticipo de la TGI urbana  y suburbana  del año en curso, no fue repartida en forma domiciliaria, razón por la cual muchos contribuyentes no pudieron hacer efectivo  el pago en tiempo y forma, lo que redunda en un perjuicio para los contribuyentes, por tener que pagar recargos en los anticipos vencidos.

Que tal circunstancia debe ser contemplada, prorrogando los vencimientos de los anticipos  de la  TGI que a la fecha se encuentran vencidos, posponiendo su vencimiento y por lo que deberán abonar el importe neto establecido, sin recargo alguno, siempre que efectúen los pagos hasta la fecha prorrogada en la caja municipal únicamente.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.340/2015.

ART.1º) Prorróguese el vencimiento de los anticipos de la Tasa General de Inmuebles, urbana y suburbana, debiendo pagar el importe neto sin recargo, únicamente en la caja municipal, de acuerdo al siguiente cronograma:

          9º anticipo año 2015, hasta el 10 día hábil del mes de enero de 2016.

          10º anticipo año 2015, hasta el 10 día hábil del mes de febrero de 2016.

          11 anticipo año 2015,  hasta el 10 día hábil del mes de marzo 2016.

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   17 de diciembre  de 2015 

 

 

 

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