Expte. Nº 5.892/16
VISTO:
Las disposiciones que en materia presupuestaria prevé la Ley 2756 (Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe), el Presupuesto General de Gastos y Recursos Reconducido para el año 2016 según el Decreto Municipal Nº 0068/2016 de fecha 04/01/2016 modificado por la Ordenanza del Concejo Deliberante Nº 2346/2016 de fecha 28/01/2016; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 0114/2016 por el cual se acepta el Subsidio otorgado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe correspondiente a las gestiones administrativas realizadas por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, ante el Poder Ejecutivo Provincial, solicitando una ayuda económica destinada a solventar gastos para realizar trabajos de refacción y mantenimiento en el edificio de la Casa de la Cultura Municipal, el Poder Ejecutivo Provincial, luego de evaluar las razones expuestas en las actuaciones administrativas considera conveniente y oportuno acceder al otorgamiento de una ayuda económica de $ 300.000 (Pesos trescientos mil con 00/100), en concepto de APORTE NO REINTEGRABLE,
Que el Decreto Nº 0321/2016 que homologa el Acta Acuerdo de Paritarias Municipales para Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, de fecha 15 de Marzo de 2016, suscripto en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Provincia de Santa Fe, dentro del EXPTE. Nº 01601-0088793-1, caratulado “INTENDENTES PROVINCIA SANTA FE S/CONCILIACION OBLIGATORIA”, de acuerdo a lo establecido en el mismo, se fija un incremento del 30 % sobre la política salarial vigente, el que se abonará de la siguiente manera: un 20 % a partir del día 1º de Marzo de 2016, completando el restante 10 % a partir del día 1º de Julio de 2016 y, Otórguese una suma fija no remunerativa y no bonificable de $ 1.500.- (Pesos mil quinientos) correspondientes al mes de febrero del corriente año y otórguese una suma fija no remunerativa y no bonificable en concepto de complemento salarial equivalente al 3% mensual sobre los haberes netos de cada trabajador, calculado sobre las sumas sujetas a aportes de la política salarial 2015 menos los descuentos de ley y asignaciones familiares, a partir del 01 de Julio de 2016.
Que el Decreto Nº 0446/2016 que establece aceptar el Acéptese la suma de $ 300.000,00 (Pesos trescientos mil con 00/100 ) en concepto de APORTE NO REINTEGRABLE con cargo de oportuna y documentada rendición de Cuentas de su inversión, otorgada por el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas a favor de los distintos Municipios y Comunas de la Provincia, para ser destinado a solicitudes de gastos de urgente ejecución a los efectos de atender situaciones de Emergencia Climáticas
Que el Decreto Nº 0568/2016 que homologa el acta acuerdo (S/N), firmada entre Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe y el Municipio de Villa Gobernador Gálvez, con el objetivo de suscribir a la adhesión a la Agenda de Trabajo Decente (Decreto N° 0510/2008) y al Programa REDES (Resolución N° 058/16) como política de empleo de la Provincia
Que en el marco de dicho objetivo prioritario para el fortalecimiento de la inclusión laboral en la Provincia de Santa Fe y específicamente en el distrito urbano de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, ingresan al arca municipal un monto total de $ 296.540,00 (Pesos doscientos noventa y seis mil quinientos cuarenta)
Que el Decreto Nº 0673/2016 que acepta una suma, en concepto de APORTE NO REINTEGRABLE otorgada mediante la Resolución Nº 1528 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, de fecha 24 de Junio de 2016, se concede la suma total de $ 2.000.000.- (Pesos dos millones) en concepto de subsidio con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas de su inversión, a favor de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, Departamento Rosario, para ser destinado a solventar gastos derivados de reparación y mantenimiento de vehículos y maquinarias del Parque Automotor Municipal,
Que el Decreto Nº 0675/2016 acepta una suma, en concepto de APORTE NO REINTEGRABLE otorgada mediante la Resolución Nº 0455 del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, de fecha 22 de Junio de 2016, se concede la suma total de $ 200.000.- (Pesos doscientos mil) en concepto de subsidio con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas de su inversión, a favor de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, Departamento Rosario, que en el marco de la emergencia en seguridad declarada por el Gobierno Nacional será destinada a solventar los gastos de alimentos de los efectivos de Gendarmería Nacional, alojados en instalaciones del Polideportivo de la Cooperativa Integral Ltda. de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez
Que la Ordenanza Nº 2347/2016 del 23 de febrero de 2016 que aprueba aplicar en la facturación del Servicio de Energía Eléctrica, Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda., un incremento en el cuadro tarifario a partir de los consumos de Febrero de 2016. –
Que la Ordenanza Nº 2.365/2016 del 28 de Abril de 2016 que autoriza a partir del 1º de Mayo de 2016 un incremento del cargo mensual que el municipio paga a favor de la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda.. por mantenimiento del Servicio de Alumbrado Público.
Que por todo lo expuesto, es necesario efectuar las modificaciones pertinentes a los fines de un mejor manejo administrativo y control presupuestario; y a su vez no entorpecer el normal desenvolvimiento de la actividad municipal.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.397/2016.
ART. 1º) Modifíquese el Presupuesto de Gastos vigente a la fecha, de la siguiente manera, en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente Ordenanza:
PARTIDAS QUE SE AUMENTAN
EROGACIONES CON RENTAS GENERALES
EROGACIONES CORRIENTES
0.1.1/01.00.00.00 PERSONAL $ 34.665.500,00
0.1.1/02.00.00.00 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES $ 13.130.000,00
0.1.1/03.00.00.00 INTERESES DE LA DEUDA $ 950.000,00
0.1.1/04.00.00.00 TRANSFERENCIAS $ 1.705.800,00
0.1.1/06.00.00.00 CONCEJO DELIBERANTE $ 7.267.000,00 $ 57.718.300,00
EROGACIONES DE CAPITAL
0.1.2/06.00.00.00 BIENES DE CAPITAL $ 285.200,00
0.1.2/07.00.00.00 TRABAJOS PUBLICOS $ 250.000,00
0.1.2/11.00.00.00 AMORTIZACION DE DEUDAS $ 450.000,00 $ 985.200,00
EROGACIONES CON RENTAS ESPECIALES
EROGACIONES CORRIENTES
2.1.1/01.00.00.00 PERSONAL $ 900.000,00
2.1.1/02.00.00.00 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES $ 1.710.000,00
EROGACIONES DE CAPITAL
2.1.2/07.00.00.00 TRABAJOS PUBLICOS $ 855.000,00 $ 3.465.000,00
TOTAL DE PARTIDAS QUE SE AUMENTAN $ 62.168.500,00
ART. 2º) Modifíquese el Cálculo de Recursos vigente a la fecha, de la siguiente manera, en un todo de acuerdo con el considerando de la presente Ordenanza:
PARTIDAS QUE SE AUMENTAN
RENTAS GENERALES
RECURSOS CORRIENTES
DE JURISDICCIÓN MUNICIPAL
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO
0.1.1/01.01.00.00 Tasas y Derechos $ 45.596.000,00
NO TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO
0.1.1/02.01.00.00 No Tributario del Ejercicio $ 5.852.500,00
TRIBUTARIOS EJERCICIO ANTERIORES
0.1.1/03.01.00.00 Tributarios Atrasados $ 2.120.000,00
0.1.1/03.02.00.00 Tributarios en Gestión de Apremio $ 10.000,00 $ 53.578.500,00
DE OTRAS JURISDICCIONES
COPARTICIPACION DEL EJERCICIO
0.1.2/01.01.00.00 Coparticipación del Ejercicio $ 2.025.000,00 $ 2.025.000,00
FINANCIAMIENTO
DE OTRAS JURISDICCIONES
APORTES NO REINTEGRABLES DEL EJERCICIO
0.3.2/01.01.00.00 Contribución Provincial $ 3.100.000,00 $ 3.100.000,00
RENTAS ESPECIALES
RECURSOS CORRIENTES
DE JURISDICCION MUNICIPAL
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO
2.1.1/01.01.00.00 Tasas y Derechos $ 3.465.000,00 $ 3.465.000,00
TOTAL PARTIDA QUE SE AUMENTA $ 62.168.500,00
ART. 3º) Fijase en la suma de $ 528.869.716,76 (Pesos quinientos veintiocho millones ochocientos sesenta y nueve mil setecientos dieciséis con 76/100) el total de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal para el año 2016, conforme al siguiente resumen:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
EROGACIONES CORRIENTES | 411.125.249,59 | 12.489.176,23 | 423.614.425,82 |
OPERACIÓN | 376.710.697,23 | 12.489.176,23 | 389.199.873,46 |
Personal | 305.720.200,00 | 7.418.448,23 | 313.138.648,23 |
Bs. Y Serv. No Pers. | 70.990.497,23 | 5.070.728,00 | 76.061.225,23 |
INTERESES DE LA DEUDA | 1.852.988,63 | – | 1.852.988,63 |
TRANSFERENCIAS | 10.099.563,73 | – | 10.099.563,73 |
A CLASIFICAR | 50.000,00 | – | 50.000,00 |
CONCEJO DELIBERANTE | 22.412.000,00 | – | 22.412.000,00 |
EROGACIONES DE CAPITAL | 101.982.004,74 | 3.273.286,20 | 105.255.290,94 |
INVERSION REAL | 101.982.004,74 | 3.273.286,20 | 105.255.290,94 |
Bienes de Capital | 9.895.200,00 | – | 9.895.200,00 |
Trabajos Públicos | 92.086.804,74 | 3.273.286,20 | 95.360.090,94 |
BIENES PRE-EXISTENTES | – | – | – |
INVERSION FINANCIERA | – | – | – |
Aportes de Capital | – | – | – |
Préstamos | – | – | – |
TOTALES | 513.107.254,33 | 15.762.462,43 | 528.869.716,76 |
ART. 4º) Estimase en la suma de $ 405.391.489,23 (Pesos cuatrocientos cinco millones trescientos noventa y uno mil cuatrocientos ochenta y nueve con 23/100) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo N° 2, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica a continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
RECURSOS CORRIENTES | 389.129.026,80 | 15.762.462,43 | 404.891.489,23 |
JURISDICCION PROPIA | 199.821.116,57 | 15.762.462,43 | 215.583.579,00 |
– | |||
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO | 150.334.605,57 | 15.762.462,43 | 166.097.068,00 |
Tasas y Derechos | 150.263.105,57 | 15.762.462,43 | 166.025.568,00 |
Contribución de Mejoras | 71.500,00 | – | 71.500,00 |
NO TRIBUTARIOS DEL EJERC. | 21.952.011,00 | – | 21.952.011,00 |
TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. | 26.584.500,00 | – | 26.584.500,00 |
NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. | 950.000,00 | – | 950.000,00 |
DE OTRAS JURISDICCIONES | 189.307.910,23 | – | 189.307.910,23 |
– | |||
COPARTICIPACION DEL EJERCICIO | 180.657.910,23 | – | 180.657.910,23 |
COPART.EJERC. ANTERIOR | 8.650.000,00 | – | 8.650.000,00 |
RECURSOS DE CAPITAL | 500.000,00 | – | 500.000,00 |
REEMBOLSO DE PRESTAMOS | – | – | – |
VENTA ACTIVO FIJO | 500.000,00 | – | 500.000,00 |
OTROS RECURSOS DE CAPITAL | – | – | – |
– | |||
TOTALES | 389.629.026,80 | 15.762.462,43 | 405.391.489,23 |
ART. 5º) Fijase en la suma de $ 3.250.601,48 (Pesos tres millones doscientos cincuenta mil seiscientos uno con 48/100), el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
OTRAS EROGACIONES | |||
EROGACIONES PARA ATENDER LA AMORTIZACION DE DEUDA | 3.250.601,48 | – | 3.250.601,48 |
Amortizacion Deuda Pública | – | – | – |
Amortizacion Ajuste Deuda Pública | – | – | – |
Amortizacion Otras Deudas | 3.250.601,48 | – | 3.250.601,48 |
Amortizacion Ajuste Otras Deudas | – | – | – |
EROGACIONES PARA ATENDER ADELANTOS A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS | – | – | – |
TOTAL OTRAS EROGACIONES | 3.250.601,48 | – | 3.250.601,48 |
ART. 6°) Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estimase el siguiente Balance Preventivo:
TOTAL
I – TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 3° Y 5° 532.120.318,24
II – TOTAL DE RE CURSOS S/ART.4° 405.391.489,23
III – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 126.728.829,01
ART. 7°) Estimase en la suma de $ 126.728.829,01 (Pesos ciento veintiséis millones setecientos veintiocho mil ochocientos veintinueve con 01/100) el Financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
FINANCIAMIENTO | |||
1-APORTES NO REINTEGRABLES | 96.879.044,49 | – | 96.879.044,49 |
Aportes no reintegrables provenientes del Estado Provincial | 12.362.849,16 | – | 12.362.849,16 |
Aportes no reintegrables provenientes del Estado Nacional | 48.919.746,50 | – | 48.919.746,50 |
Aportes no reintegrables provenientes del Fondo Federal Solidario | 6.700.000,00 | – | 6.700.000,00 |
Aportes no reintegrables provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados | 14.700.000,00 | – | 14.700.000,00 |
Aportes no reintegrables Ejercicios Anteriores provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados | 14.196.448,83 | 14.196.448,83 | |
2-USO DEL CREDITO | 29.849.784,52 | – | 29.849.784,52 |
Aportes reintegrables provenientes del Estado Provincial o Nacional | 29.849.784,52 | – | 29.849.784,52 |
Préstamos Bancarios | – | – | – |
Préstamos Gobierno Provincial | – | – | – |
Préstamos Gobierno Nacional | – | – | – |
3-ADELANTOS OTORGADOS A PROVEEDORES EN EJERCICIOS ANTERIORES | – | – | |
4-REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES | – | – | – |
5-ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIBUC. | – | – | |
TOTAL DE FINANCIAMIENTO | 126.728.829,01 | – | 126.728.829,01 |
I – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 126.728.829,01
II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO 126.728.829,01
RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
========================
ART. 8º) Fijase en 1074 (mil setenta y cuatro) el número de cargos presupuestados de la Planta de Personal Total (Ocupados y Vacantes) que se detalla en Cuadro Anexo y que forma parte de la presente Ordenanza.-
ART. 9º) Manténgase en vigencia los Artículos Nº 9 y 10 de la Ordenanza Nº 2346/2016.-
ART. 10º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de septiembre de 2016