Expte. Nº 5.964/16.
VISTO:
La Ley 2756.
El Decreto Provincial Nº 2288/16, la circular Nº 035/16, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva a este Cuerpo la circular Nº 035/16 de la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, invitando a disponer la adhesión al Decreto Provincial Nº 2288/16, mediante el cual se aprueba el “Protocolo de atención interinstitucional para el acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes víctimas y testigos de violencia, abuso sexual y otros delitos”
Que se establece en dicha norma que la autoridad de aplicación del mencionado protocolo es la Subsecretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia dependiente de la Secretaria de Políticas
Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y/o el organismo que en el futuro la reemplace.
Que asimismo, en el Decreto Provincial de referencia se invita a autoridades municipales y comunales a
Adherir al protocolo aludido.
Que la preservación de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes comporta un compromiso ético y una férrea obligación política e institucional, no solo del estado, sino de toda la comunidad tendiente a evitar que aquellos sean víctimas de delitos, y que si en definitiva son sujetos pasivos de accionares delictivos, reciban una atención digna que en parte mitigue el mal por el que han atravesado.
Que este Concejo Deliberante considera conveniente la adhesión al Decreto Provincial Nº 2288/16.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.415/2016.
ART.1º) Adhiérase en todos sus términos al Decreto Provincial Nº 2288/16, mediante el cual se aprueba el “Protocolo de atención interinstitucional para el acceso a la justicia de niños. Niñas y adolescentes víctimas o testigos de violencia, abuso sexual y otros delitos”
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.