Expte. Nº 5.983/16.
VISTO:
La Ley 2.756, Art 39, Inc.14 e Inc. 38,
La Ley nacional de Tránsito N° 24.449,
El reclamo de la comunidad educativa del Colegio Teodelina Fernández de Alvear, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario tomar medidas con respecto al ordenamiento de tránsito en nuestra ciudad con la clara intención de mejorar la circulación vehicular y evitar los incidentes y hechos de violencia que se generan en muchos casos por las infracciones cometidas, no solo entre vecinos y vecinas, sino también entre ciudadanos e inspectores municipales.
Que existen lugares y momentos donde estas situaciones se potencian por multiplicarse el flujo vehicular, tales como los horarios de entrada y salida en los colegios.
Que uno de los casos mencionados se repite en calle Álvarez Thomas, que tiene actualmente sentido de circulación sur-norte entre calles Libertad y Jean Jaures, y doble sentido de circulación entre calles Jean Jaures y Vélez Sarsfield.
Que en esta arteria, en el área de influencia con el cruce del boulevard San Diego, se suscita lo mencionado en los párrafos precedentes por estar emplazado el histórico colegio “Teodelina Fernández de Alvear” y por contar con el estacionamiento exclusivo para trafics escolares en la mano impar, provocando que el doble estacionamiento y por ser de doble circulación se encuentren autos enfrentados sin poder avanzar, provocando choques y situaciones de violencia que hoy más que nunca deben evitarse.
Que extender el sentido único de circulación sur-norte de calle a Álvarez Thomas entre las calles Jean Jaures y Gral. López permitiría continuar con la medida que se tomó pensando en la seguridad vial de los chicos y chicas que asisten al colegio sobre el estacionamiento de los transportes escolares, y permitiendo el estacionamiento en ambas calzadas, generando más espacios para los padres y madres que en los horarios conflictivos asisten a llevar o retirar a sus hijos.
Que cabe destacar, que previo a la presentación del presente, existieron reuniones con directivos del colegio, que dieron el visto bueno a la iniciativa, en miras de optimizar la seguridad vial de la comunidad educativa.
Que sería importante garantizar un período de prueba de 30 días para que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área de transito evalúe la efectividad de esta medida.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.417/2016.
ART.1º) Establézcase como sentido único de circulación Sur-Norte a calle Álvarez Thomas entre las calles Jean Jaures y Gral. López.
ART.2º) Permítase el estacionamiento en ambos lados de la calzada en la calle Álvarez Thomas entre las calles Jean Jaures y Gral. López.
ART.3º) Establézcase un período de prueba de 30 días para lo dispuesto por esta Ordenanza, quedando obligado el Departamento Ejecutivo a enviar un informe cumplido dicho plazo, donde indique la efectividad de la medida. En caso de resultar positivo el informe, esta normativa quedará en plena vigencia.
ART.4º) El Departamento Ejecutivo deberá señalizar lo normado por la presente, y garantizará durante el período de prueba establecido en el artículo precedente, la presencia de inspectores de tránsito con el fin de concientizar y educar sobre lo aquí dispuesto.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de noviembre de 2016.