Ord. 2422/16 Cédase el uso de una fracción terreno perteneciente al Parque Regional al Club Atl. Inf. Gral. Paz

Expte. Nº 6.006/16

VISTO:

La necesidad de formalizar el uso de los terrenos pertenecientes al Parque Regional que actualmente utiliza el Club Atlético Infantil General Paz.

La Ley 2756.

La Declaración Nº 389/16, y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 27 de octubre del corriente año este Cuerpo declaró de Interés Municipal y Deportivo la celebración por el 50 aniversario de la fundación del Club Atlético Infantil General Paz.

Que tal lo expresado en los Considerandos de la declaración de marras, las actividades deportivas, en sus inicios se desarrollaban en las instalaciones de la Escuela Nº 100 “José Ingenieros” de Pueblo Nuevo y la vida social en la sede del club, sita en calle Lavalle 651 del mismo barrio.

Que hacia el año 1979, debido al crecimiento de la institución, por medio del Ministerio de Bienestar Social, le cede los terrenos que ocupa en la actualidad y que en aquel momento estaban destinados como campo de maniobra del Ejército Argentino, en Av. Circunvalación y calle Nogués, justo frente al barrio que lo vio nacer.

Que el Club Atlético Infantil General Paz, a través de sus miembros de Comisión Directiva, ha solicitado a las autoridades municipales, en diferentes ocasiones, el instrumento legal correspondiente para el uso de la fracción de terreno del predio Parque Regional, que utiliza desde hace años.

Que en la mencionada fracción de terreno se encuentra ubicada al margen de la Av. Circunvalación con el cruce de la calle Nogués entre el Predio del Parque Regional y el del club Junín abarcando un total de 29.636 metros cuadrados.

Que es de vital importancia, para el desarrollo institucional de dicho club, el otorgamiento de la cesión de uso sobre los terrenos mencionados.

Que el Club Atlético Infantil General Paz, desde su acta fundacional, ha tenido un constante crecimiento, tanto en sus logros deportivos como sociales, estableciendo las condiciones ideales para que niños y jóvenes de nuestra ciudad puedan desarrollar diferentes actividades recreativas.

Que existen antecedentes normativos en este Cuerpo otorgando cesión de uso sobre los terrenos pertenecientes al Parque Regional.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.422/2016.

ART. 1º) Cédase el uso por 20 años al Club Atlético Infantil General Paz con Personería Jurídica Nº 989 de una fracción terreno perteneciente al Parque Regional ubicado en Av. Circunvalación y Nogués delimitado al norte y oeste por el Parque Regional y al sur por el Club Junín y al este por la Av. Circunvalación abarcando un total de 29.363 metros cuadrados

                                                          

ART. 2º) Dejase expresamente establecido que el uso de dicha fracción de terreno será para el desarrollo de actividades deportivas y recreativas.

  

ART. 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, procederá a realizar la mensura correspondiente y confeccionará el contrato pertinente para los fines de esta Ordenanza con el Club Atlético Infantil General Paz, en un todo de acuerdo a las disposiciones municipales, provinciales y nacionales.

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de Noviembre de 2016.

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