Expte. Nº 6.305/17.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, art. 39 inc. 8, y art. 41 inc.25;

La Resolución N° 586/2017, del Ministerio Economía de la Provincia de Santa Fe, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 586/2017 del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, la Municipalidad ha recibido la oferta de donación de dos vehículos marca CITROEN Modelo BERLINGO MULTISPACE, Año 2006, Dominio FQQ-547 y FQQ-549, pertenecientes al Servicio de Catastro e Información Territorial del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

Que en virtud de las facultades conferidas por el art. 131 de la Ley de Contabilidad Pública que atribuye al poder Ejecutivo Provincial el contralor sobre los bienes muebles de propiedad de la provincia a los fines de su destino y registro patrimonial; y el art. 102 de la Ley Provincial N°7866/76 -complementaria del Presupuesto-, que autoriza al mismo a donar a las Municipalidades todos aquellos bienes muebles cuya venta por licitación, o subasta pública, resulten inconvenientes por razones económicas o de orden práctico.

Que según la mencionada resolución ha tomado intervención la Dirección Provincial de Movilidad y Aeronáutica dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe y la Dirección Provincial de contrataciones y Gestión de Bienes dependiente del Ministerio de Economía de la misma provincia en el marco del Decreto-Acuerdo N° 12533/61, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el art. 1 punto 4 del decreto-acuerdo N°0916/08, organismo que tiene a su cargo la centralización de todos los bienes muebles afectados a los distintos Organismos y reparticiones de la Administración Central que se hallen en desuso, falta de necesidad de los servicios o mal estado de los mismos.

Que habiéndose tomado todos los recaudos legales, que habilitan en debida forma a la donación del vehículo, considerando que el mismo, ya no es utilizado por el Gobierno Provincial, y que en consecuencia, se encuentra disponible para ser destinado a cubrir actividades específicas de la Municipalidad beneficiada que acepte expresamente la unidad móvil ofrecida en el estado en el que se encuentre; el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, ha decidido donar el mismo a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, atento a que ya no resulta útil para ese Gobierno, pero si resulta un apoyo importante y provechoso al sistema de trabajo de la Municipalidad, quien sumaría a su flota de vehículos, dos unidades, ampliando así, las posibilidades de prestar un servicio más eficiente y con una cobertura de mayor alcance en beneficio de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez,

Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, reciba la donación de dos vehículos tipos sedan, implica otorgar mayor movilidad y permite además el transporte de materiales, mercadería, documentación, etc., pudiendo así dar entonces movilidad a aquellos agentes que requieran trasladarse para la realización de todo tipo de trámites dentro y fuera de las distintas reparticiones municipales, públicas y privadas, etc.-

Que, tal como lo dispone la Resolución Provincial 586/17, los gastos que demanden las transferencias de los vehículos donados, son a cargo de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez; siendo accesibles y convenientes si se considera el mayor beneficio que recibirá el Municipio, el que incrementará su patrimonio con la incorporación de estos bienes.-

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.483/2017.

 

ART.1º)  Aceptase la donación de los vehículos marca CITROEN modelo Berlingo Multispace 1.9 D PACK, Año 2006, N° de motor 10DXBE0026210, N° de chasis 8BCMFWJZF6G519364, Dominio FQQ 549 y CITROEN modelo Berlingo Multispace 1.9 D PACK, Año 2006, N° de motor I0DXBE0026304, N° de chasis 8BCMFWJZF6G517875, Dominio FQQ 547 pertenecientes al Servicio de Catastro e Información Territorial (Gobierno de la Provincia de Santa Fe).

 

ART.2º) Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal, a los fines de la transferencia del vehículo donado.

 

ART.3º)   Autorizase al pago de los gastos que demande la tramitación de la transferencia y radicación del vehículo en favor del Municipio de Villa Gobernador Gálvez, cuya cifra final se determinará al momento de la iniciación del trámite en el Registro de Propiedad del Automotor de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.4º)  Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  5 de octubre  de 2017  

 

 

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