Expte. Nº 6.332/17.
VISTO:
La Ley Nº 13.566 mediante la cual se aprobó el Programa Equipar destinado a la adquisición de rodados, maquinarias, herramientas, medios de transporte y otros equipos que resulten necesarios para la prestación de servicios de municipios y comunas, los que serán adquiridos por el Ejecutivo Provincial y financiados a los entes territoriales; y
CONSIDERANDO:
Que para obtener los beneficios que implementa la ley, se requiere la adhesión por parte de este municipio.
Que analizando el programa y la necesidad de mejorar la prestación de servicios a nuestro cargo, reemplazando maquinaria obsoleta, se tomó la decisión de adquirir una motoniveladora.
Que a tal fin se solicita la adhesión al Programa Equipar Santa Fe –Ley 13.566 y su Decreto Reglamentario Nº 2.833.
Que corresponde autorizar al Intendente a firmar el convenio de préstamo con la provincia y a llevar adelante los trámites inherentes a la adquisición de los bienes mencionados.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.489/2017.
ART. 1º) Adherir en todos sus términos al Programa Equipar aprobado por la Ley Nº 13.566 y su Decreto Reglamentario Nº 2.833.
ART.2º) Autorízase al Intendente a suscribir el convenio con la Provincia y demás documentación que resulte necesaria para implementar el programa.
ART.3º) Afectar el cumplimiento del convenio, compra de los bienes y a los intereses correspondientes, la coparticipación municipal.
ART.4º) Autorizar al Intendente a llevar adelante los trámites para la aprobación y firma del convenio, el patentamiento del bien y toda otra gestión necesaria a ese fin.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de noviembre de 2017