VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N°2756.
La Ordenanza Nº 1813/2008.
La Ordenanza Nº 2030/2012.
El Decreto Nº 450/2013.
El Decreto Nº 592/2014.
El constante reclamo de los vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento vial debe responder a un estudio y análisis sumado a las necesidades de los vecinos y vecinas de nuestra ciudad, ya que ellos son los principales conocedores de sus barrios. Por ello ante los reclamos de los mismos creemos conveniente modificar el sentido circulatorio del Pasaje Independencia, entre las calles J. Piazza y Fornieles.
Que, además, es necesario modificar el sentido doble mano que presenta la calle Fornieles, desde el Pasaje Independencia hasta calle Int. Andreu, estableciéndola como de sentido único oeste-este; lo que facilitaría la circulación del recorrido de las líneas de colectivos y evitaría, a su vez, el embotellamiento en la intersección del Pasaje Independencia y calle Fornieles.
Que se debe de llevar a cabo un programa de reordenamiento vial que contemple el cambio de sentido circulatorio del Pasaje Independencia, la debida señalización, teniendo como objetivo el mejoramiento del tránsito en dicha zona.
Que debido al crecimiento del parque automotor y a la gran cantidad de vehículos que circulan por esta zona de la ciudad, se torna complejo el tránsito en horas de la mañana, pues frecuentemente camiones de gran porte se estacionan en inmediaciones de calle Piazza e Independencia por procedimientos de carga y descarga, obstruyendo la visión y el paso vehicular, entre otras cosas.
Que es deber del Municipio, velar por la seguridad vial de los ciudadanos villagalvenses.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.543/2018
ART.1º) Dispóngase, a partir de la sanción de la presente Ordenanza, que el Pasaje Independencia será de sentido único de circulación Norte-Sur (N-S) en el tramo comprendido entre J. Piazza y Fornieles.
ART.2º) Dispóngase, a partir de la sanción de la presente Ordenanza, el sentido único de circulación de la calle Fornieles, desde Av. Juan D. Perón hasta calle Int. Andreu, en sentido Oeste-Este (O-E).
ART.3º) Instrúyase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, a la colocación de la señalización de lo establecido en los Artículos precedentes.
ART.4º) El Departamento Ejecutivo Municipal elevará, luego de los 30 días de la sanción de la presente Ordenanza, a este Cuerpo un informe detallando la evaluación de los resultados de los presentes cambios de sentido en la circulación y sugerirá, si correspondiera, la derogación de la misma.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 06 de septiembre de 2018.
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2543-18 expte.6568-18 pasaje independencia sentido unico norte-sur
