VISTO:
La Ley Provincial N° 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, correspondiéndole la distribución para el año 2018 del Fondo Obras Menores y Equipamientos.
Que en razón de totalidad de los servicios que presta el municipio a los contribuyentes son ejecutados por administración municipal, resulta necesario ampliar y renovar el equipamiento y por ende proceder a provisionar contenedores metálicos.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 15.030.000.- (Pesos Quince Millones Treinta Mil) para la adquisición de 500 contenedores metálicos con tapa.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.578/2018
ART.1°) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley N° 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa GObernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2018 y que serán destinados a la adquisición de 500 contenedores metálicos con tapa nuevos.
ART.2°) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 15.030.000.- (Pesos Quince Millones Treinta Mil) para el financiamiento del proyecto referido en el artículo. 1° de la presente.
ART.3°) Autorizase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de noviembre de 2018.
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