Ord. 2578/18 Aporte no reintegrable para compra de contenedores

Expte. Nº 6.680/18.

VISTO:

La Ley Provincial N° 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, y

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas  por la normativa en vigencia, correspondiéndole la distribución para el año 2018 del Fondo Obras Menores y Equipamientos.

Que en razón de totalidad de los servicios que presta el municipio a los contribuyentes son ejecutados por administración municipal, resulta necesario ampliar y renovar el equipamiento y por ende proceder a provisionar contenedores metálicos.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 15.030.000.- (Pesos Quince Millones Treinta Mil) para la adquisición de 500 contenedores metálicos con tapa.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.578/2018

ART.1°) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley N° 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a  la Municipalidad de Villa GObernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2018 y que serán destinados a la adquisición de 500 contenedores metálicos con tapa nuevos.

 ART.2°) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 15.030.000.- (Pesos Quince Millones Treinta Mil) para el financiamiento del proyecto referido en el artículo. 1° de la presente.

 ART.3°) Autorizase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

 ART.4°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de noviembre de 2018.

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2578-18 expte. 6680-18 fondo obras menores 500 contenedores

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