Ord. 2632/19 Modificación la Ordenanza N° 1.144/95 (Código Urbano Municipal)

Expte. Nº 6.875/19.

VISTO:

La nota presentada por el Departamento de Topografía y Catastro de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, ingresada por Mesa de Entrada del Concejo Deliberante en fecha 02/07/18 la que fuera posteriormente remitida a la Comisión del Código Urbano.

La Ordenanza N° 1.144/95 (Código Urbano de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez).

La Ley N° 2756, Art. 39, Inc. 7, y

 

CONSIDERANDO:

Que las parcelas detalladas en croquis adjunto a la nota se encuentran emplazadas en sectores E12 y FSi, según consta en plano que como anexo forma parte integrativa de la Ordenanza N° 1.144/95, lo cual significa que su uso se encuentra restringido y afectado exclusivamente a expansión urbana y fin de semana respectivamente.

Que las parcelas en cuestión, en la actualidad están afectadas exclusivamente a uso rural.

Que tal situación amerita considerar los argumentos de los propietarios de dichas parcelas y del Departamento de Topografía y Catastro, de manera tal de avanzar en la redacción del presente proyecto de rezonificación que implica la modificación del Código Urbano Municipal.

Que asiste razón a ese Departamento en cuanto a que la zonificación actual implica una restricción parcial para el desarrollo de la actividad rural en ese sector.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.632/2.019

 

ART.1°)  Modifíquese la Ordenanza N° 1.144/95 (Código Urbano Municipal) y sus modificatorias, modificándose parte de los Distritos E12 y FS1 en Distrito R12 en el art. 4.1.5 (Delimitación de los Distritos), Capítulo IV del Código Urbano Municipal, por el siguiente texto:

 

DISTRITO R12

LÍMITES:

 

NORTE: Los terrenos frentistas sobre la Av. L. N. Alem (vereda impar), desde la parcela 11-3/4, inclusive hasta la parcela 24 inclusive.

Los terrenos frentistas sobre Calle Camino del Inmigrante desde la parcela 36/4 inclusive (vereda impar) hasta la parcela 44/2 inclusive.

Los terrenos frentistas sobre Calle Artigas (vereda impar), desde la parcela 48 inclusive hasta la parcela 57/6 inclusive.

El lado norte de las parcelas 8/6 y 8/7.

 

ESTE: Está conformado por el límite Este de las parcelas 8/7, 24, 16, 21, 44/2, 43/2, 57/6 y57/7.

 

SUR: Todos los lotes frentistas sobre Calle Camino del Inmigrante (vereda par), desde la parcela 12 inclusive hasta la parcela 16 inclusive. El lado sur de la parcela 16 sobre Calle Kennedy (vereda par). Todos los lotes frentistas sobre Calle Camino del Inmigrante (vereda par), desde la parcela 20/1 inclusive hasta la parcela 21 inclusive. El lado sur de las parcelas 22 y 24 sobre Calle Kennedy (vereda par).

Todos los lotes frentistas sobre Calle Artigas (vereda par), desde la parcela 37 inclusive hasta la parcela 43/2 inclusive.

Todos los lotes frentistas sobre Calle Río Paraná (vereda par), desde la parcela 54 inclusive hasta la parcela 57/7 inclusive.

Las parcelas 8/7 y 8/6 sobre Av. L. N. Alem (vereda par).

 

OESTE: Está conformado por el límite Oeste de las parcelas 11-3/4, 12, 36/4, 37, 48 y 54. El lado Oeste de la

parcela 8/6.

 

DISTRITO E12

LÍMITES:

 

NORTE: El lado norte de la Parcela 8/2 (vereda impar), sobre calle J. Ingenieros. Los lotes frentistas de las

manzanas 76 y 77 sobre calle Kennedy (vereda, impar).

Todos los terrenos frentistas sobre calle Camino del Inmigrante (vereda impar) desde el lado Oeste de la manzana 32 hasta el lado Este de la manzana 12.

 

ESTE: El lado Este de la Parcela 8/2. Los frentistas de las manzanas 77 y 101 sobre calle Ecuador (vereda par). El lado Este de las manzanas 12 y 14. El lado Este de las parcelas 33-2/1, 33/1, 34, 35, 46, 47/1 y la manzana 31(vereda par).

 

SUR: El lado sur de la Parcela 8/2 (vereda par). El lado sur de las manzanas 100 y 101 (vereda par). El lado sur de las manzanas 07, 08, 13, 14 y la parcela 36/1. El lado sur de las manzanas 30 y 31 (vereda par).

 

OESTE: El lado Oeste de la Parcela 8/2. El lado Oeste de las manzanas 76 y 100 (vereda impar). El lado Oeste de las parcelas 33-2/1, una línea imaginaria desde el lado Oeste de la parcela 33-2/1 hacia el Sur hasta su intersección con la Ruta Provincial N° 21 (Av. San Martín)

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de septiembre de 2019.

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Ordenanza N° 2632-2019

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