Exptes. Nº 6.986/19 y 6.976/19.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,

La Ordenanza N° 2.597/19,

Los hechos registrados el pasado miércoles 11 de diciembre en el Barrio El Eucaliptal,

El reclamo de los vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que el Barrio El Eucaliptal es un asentamiento irregular cuyos orígenes se remontan a la década de los noventa, registrando un crecimiento acelerado en su densidad poblacional, albergando en la actualidad a 350 familias.

Que la zona fue positivamente intervenida durante los años 2018 y 2019 en el marco del Plan Abre. Aún así, es evidente advertir que las características naturales y ambientales del lugar representan una amenaza permanente para el asentamiento que allí se sitúa.

Que el principal factor de riesgo se manifiesta en la existencia de una amplia arboleda de eucaliptos de gran porte, que cuenta con un tercio de sus ejemplares en estado de sequedad.

Que el estado de deterioro de las especies arbóreas y la disposición de las viviendas en el lugar, representan un peligro para las personas que allí residen y sus bienes, reuniendo las condiciones necesarias para calificar el área como una zona de riesgo, principalmente ante las inclemencias climáticas.

Que las tragedias suscitadas en Barrio El Eucaliptal, donde se lamentaron la pérdida de dos vidas humanas en los últimos 5 años, hace que se requiera una intervención operativa para  negativas de los recursos naturales en esta zona urbana, de la poda o extracción de los árboles secos o en estado insalvable y peligroso.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal sostiene durante los últimos días gestiones permanentes con las autoridades del gobierno provincial y nacional y representantes del NCA sobre la problemática territorial mencionada y, paralelamente, se mantiene un diálogo fluido con agentes de la Justicia Federal, habiendo sido intervenida la situación y dando curso a los oficios pertinentes.

Que por ello y para abordar de manera eficiente la problemática, es necesario la adopción de medidas y la ejecución de acciones coordinadas entre los gobiernos municipal, provincial y nacional para poder trabajar de manera rápida y expedita frente a los daños que se están produciendo en la zona referenciada, buscando consolidar un ecosistema seguro y garantizando el equilibrio entre contexto social, material y ambiental; estableciendo como prioridad la protección de la vida humana.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.654/2.019

 

ART.1º) Declárase Zona de Riesgo el área delimitada por las calles Magallanes, Ing. Mosconi, Libertad y vías del Ferrocarril General Bartolomé Mitre, que es parte de la zona denominada como Barrio El Eucaliptal de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, con el objeto de prevenir y mitigar los impactos negativos en la salud y la vida de las personas que genera la presencia del arbolado de gran porte.

 

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal gestionará ante el Gobierno Provincial y/o Nacional, la provisión de fondos y/o recursos necesarios, y la articulación de políticas y planes de acción, a los fines de establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de riesgos en la zona delimitada por el Art. 1°.

 

ART.3º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a reestructurar, modificar o reasignar las partidas presupuestarias correspondientes al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la administración municipal, ante la recepción de fondos destinados para atender lo solicitado por esta Ordenanza.

 

ART.4º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a omitir los procedimientos de compra y/o contratación establecidos por la Ordenanza N°2597/19, en todo lo referente a lo expuesto en esta normativa.

 

ART.5°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre  de 2019.

Descargar doc:

Ordenanza N° 2654-2019

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