Expte. Nº 6.965/19
VISTO:
Las disposiciones que en materia presupuestaria prevé la Ley 2756, Orgánica de Municipalidades, y
CONSIDERANDO:
Que se tuvo en consideración para la confección del presupuesto el contexto inflacionario que atraviesa nuestro país. Que además se contempló para los gastos corrientes necesidades puntuales; para el funcionamiento del municipio y de asistencia a la comunidad.
Que el Convenio Específico Programa de Esfuerzo Compartido para el Mejoramiento Barrial – Barrio Fonavi celebrado entre la Secretaría de Estado del Hábitat, la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo y la Municipalidad, suscripto y ratificado el 08 de Junio de 2017 por Resolución N° 1375 de la Secretaría de Estado del Hábitat de la Provincia de Santa Fe. Se estimó, en el presupuesto Municipal del 2020 $ 2.048.575,96 (Pesos dos millón cuarenta y ocho mil quinientos setenta y cinco con 96/100)
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha presentado proyectos a los distintos Ministerios Provinciales para gestionar aportes no reintegrables para los siguientes programas: Programa Buenas Prácticas por $ 1.800.000,00 (pesos un millón ochocientos mil con 00/100), Programa Vinculo por $ 1.200.000,00 (pesos un millón doscientos mil con 00/100), Aporte Provincial para Obras de Pavimento y Cordón cuneta por $ 4.500.000,00 (pesos cuatro millones quinientos mil con 00/100), al Ministerio de Obras Públicas la Iluminación Avenidas principales por $ 6.575.875,68 (pesos seis millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos setenta cinco con 68/100), Adquisición Luces LED zona 1 este por $ 4.997.396,00 (pesos cuatro millones novecientos noventa y siete mil trescientos noventa y seis con 00/100), Adquisición Luces LED zona 2 este por $ 5.000.884,00 (pesos cinco millones ochocientos ochenta y cuatro con 00/100), Adquisición Luces LED zona 3 este por $ 5.000.209,00 (pesos cinco millones doscientos nueve con 00/100), Señalización Horizontal/ lomos de Burro/ Columnas por $ 5.009.715,00 (pesos cinco millones nueve mil setecientos quince con 00/100), solicitud Ministerio de la Producción Proyecto Polo Pesquero Municipal finalización 1er. Etapa por $ 1.500.000,00 (pesos un millón quinientos mil con 00/100), Programa Buenas Prácticas Proyecto Mejora habitaciones ampliación SUM por $ 2.133.051,74 (pesos dos millones ciento treinta y tres mil cincuenta y uno con 74/100), Que mediante la Resolución N° 72/2019 del 26 de Abril de 2019 el Intendente Municipal resuelve solicitar a la Unidad Ejecutora Provincial para la coordinación de Programa AcercarSe- Acelerador de Empresas Sociales, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, el otorgamiento de un Subsidio no reintegrable por un monto de $ 7.412.868
(pesos siete millones cuatrocientos doce mil ochocientos sesenta y ocho con 00/100) destinado al financiamiento y ejecución del Proyecto “Bloquera Municipal, mediante el Programa Acercarse”.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha presentado proyectos a los distintos Ministerios, Secretarías y/o Agencias Nacionales para gestionar aportes no reintegrables para los siguientes programas nacionales: a la Agencia Nacional de Discapacidad para el Programa de Banco Descentralizado de Ayuda Técnica por $ 1.098.000,00 (pesos un millón noventa y ocho mil con 00/100).
Que a tal efecto se han finalizado los estudios pertinentes por parte de las distintas Secretarías.-
Por todo lo expuesto es necesario efectuar las modificaciones pertinentes a los fines de un mejor manejo administrativo y control presupuestario; y a su vez no entorpecer el normal desenvolvimiento de la actividad municipal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.657/2.019
ART. 1°) Fíjase en la suma de $ 1.969.876.229,29 (Pesos un mil novecientos sesenta y nueve millones ochocientos setenta y seis mil doscientos veintinueve con 29/100) el total de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal para el año 2020, conforme al siguiente resumen:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
EROGACIONES CORRIENTES | 1.670.544.410,23 | 58.273.875,21 | 1.728.818.285,44 |
OPERACIÓN | 1.547.428.540,06 | 58.273.875,21 | 1.605.702.415,27 |
Personal | 1.184.923.009,71 | 37.367.141,06 | 1.222.290.150,77 |
Bs. Y Serv. No Pers. | 362.505.530,35 | 20.906.734,15 | 383.412.264,50 |
INTERESES DE LA DEUDA | 4.545.865,05 | – | 4.545.865,05 |
TRANSFERENCIAS | 37.070.005,12 | – | 37.070.005,12 |
A CLASIFICAR | 50.000,00 | – | 50.000,00 |
CONCEJO DELIBERANTE | 81.450.000,00 | – | 81.450.000,00 |
EROGACIONES DE CAPITAL | 238.788.492,70 | 2.269.451,15 | 241.057.943,85 |
INVERSIÓN REAL | 238.563.492,70 | 2.269.451,15 | 240.832.943,85 |
Bienes de Capital | 61.913.791,26 | – | 61.913.791,26 |
Trabajos Públicos | 176.649.701,44 | 2.269.451,15 | 178.919.152,59 |
BIENES PREEXISTENTES | 225.000,00 | – | 225.000,00 |
INVERSIÓN FINANCIERA | – | – | – |
Aportes de Capital | – | – | – |
Préstamos | – | – | – |
TOTALES | 1.909.332.902,93 | 60.543.326,36 | 1.969.876.229,29 |
ART. 2°) Estímase en la suma de $ 1.685.875.161,82 (Pesos un mil seiscientos ochenta y cinco millones ochocientos setenta y cinco mil ciento sesenta y uno con 82/100) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo N° 1, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica a continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
RECURSOS CORRIENTES | 1.624.556.835,46 | 60.543.326,36 | 1.685.100.161,82 |
JURISDICCIÓN PROPIA | 911.192.960,86 | 60.543.326,36 | 971.736.287,22 |
– | |||
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO | 569.031.075,00 | 60.543.326,36 | 629.574.401,36 |
Tasas y Derechos | 568.875.772,95 | 60.543.326,36 | 629.419.099,31 |
Contribución de Mejoras | 155.302,05 | – | 155.302,05 |
NO TRIBUTARIOS DEL EJERC. | 154.683.939,74 | – | 154.683.939,74 |
TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. | 177.211.416,00 | – | 177.211.416,00 |
NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. | 10.266.530,12 | – | 10.266.530,12 |
DE OTRAS JURISDICCIONES | 713.363.874,60 | – | 713.363.874,60 |
– | |||
COPARTICIPACIÓN DEL EJERCICIO | 659.344.117,20 | – | 659.344.117,20 |
COPART.EJERC. ANTERIOR | 54.019.757,40 | – | 54.019.757,40 |
RECURSOS DE CAPITAL | 775.000,00 | – | 775.000,00 |
REEMBOLSO DE PRÉSTAMOS | – | – | – |
VENTA ACTIVO FIJO | 775.000,00 | – | 775.000,00 |
OTROS RECURSOS DE CAPITAL | – | – | – |
– | |||
TOTALES | 1.625.331.835,46 | 60.543.326,36 | 1.685.875.161,82 |
ART. 3°) Fijase en la suma de $ 1.289.074,25 (Pesos un millón doscientos ochenta y nueve mil setenta y cuatro con 25/100), el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a Continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
OTRAS EROGACIONES | |||
EROGACIONES PARA ATENDER LA AMORTIZACIÓN DE DEUDA | 1.289.074,25 | – | 1.289.074,25 |
Amortización Deuda Pública | – | – | – |
Amortización Ajuste Deuda Pública | – | – | – |
Amortización Otras Deudas | 1.289.074,25 | – | 1.289.074,25 |
Amortización Ajuste Otras Deudas | – | – | – |
EROGACIONES PARA ATENDER ADELANTOS A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS | – | – | – |
TOTAL OTRAS EROGACIONES | 1.289.074,25 | – | 1.289.074,25 |
ART. 4°) Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estimase el siguiente Balance Preventivo:
TOTAL
I – TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 1° Y 3° 1.971.165.303,54
II – TOTAL DE RE CURSOS S/ART.2° 1.685.875.161,82
III – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 285.290.141,72
ART. 5°) Estímase en la suma de $ 285.290.141,72 (Pesos doscientos ochenta y cinco millones doscientos noventa y dos mil ciento cuarenta y uno con 72/100) el Financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
FINANCIAMIENTO | |||
1-APORTES NO REINTEGRABLES | 284.640.141,72 | – | 284.640.141,72 |
Aportes no reintegrables provenientes del Estado Provincial | 152.830.808,09 | – | 152.830.808,09 |
Aportes no reintegrables provenientes del Estado Nacional | 1.098.000,00 | – | 1.098.000,00 |
Aportes no reintegrables provenientes del Fondo Federal Solidario | – | – | – |
Aportes no reintegrables provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Adquisición de Equipamientos y Rodados | 79.451.987,11 | – | 79.451.987,11 |
Aportes no reintegrables Ejercicios Anteriores provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Adquisición de Equipamientos y Rodados | 51.259.346,52 | 51.259.346,52 | |
2-USO DEL CRÉDITO | 650.000,00 | – | 650.000,00 |
Aportes reintegrables provenientes del Estado Provincial o Nacional | – | – | – |
Préstamos Bancarios | – | – | – |
Préstamos Gobierno Provincial | 650.000,00 | – | 650.000,00 |
Préstamos Gobierno Nacional | – | – | – |
3-ADELANTOS OTORGADOS A PROVEEDORES EN EJERCICIOS ANTERIORES | – | – | |
4-REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES | – | – | – |
5-ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIBUC. | – | – | |
TOTAL DE FINANCIAMIENTO | 285.290.141,72 | – | 285.290.141,72 |
I – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 285.290.141,72
II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO 285.290.141,72
RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
========================
ART.6°) Fíjase en 1188 (un mil ciento ochenta y ocho) el número de cargos presupuestados de la Planta de Personal Total (Ocupados y Vacantes) que se detalla en Cuadro Anexo y que forma parte de la presente Ordenanza.-
ART.7°) El Departamento Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarios con la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en la presente Ordenanza.
ART.8°) Autorízase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto General incorporando las Partidas Específicas necesarias o incrementando las ya previstas cuando deba realizar Erogaciones originadas por la adhesión a Leyes o Decretos Nacionales o Provinciales de vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional o Provincial, no pudiendo ser modificado el Balance Financiero Preventivo.-
ART.9°) Comunìquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2.019.
Descargar doc: