Expte. Nº 7.399/21
VISTO:
La Ordenanza 1135/95 Autorización construcción de paradas ómnibus con locales de negocios.
La Ordenanza 1923/10 “Concesión de uso y explotación comercial de locales a Empresa Bicon SA y Establecimiento Monchiero”
La Ley 2756 Art 41 inc 18, y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente mediante la Ordenanza 1135/95 se autorizó a las Empresas Prevenir SA (hoy Bicon SA) y al Establecimiento Monchiero a la construcción de un parador para dos ómnibus y dos locales de negocios en el Cementerio San Lorenzo.
Que asimismo se le concedió el uso y explotación comercial de estos dos locales por el plazo de 10 años que comenzó a regir una vez finalizadas las obras mencionadas anteriormente.
Que posteriormente mediante Ordenanza Nro 1.923/10 de fecha 02/09/2010 se concede en forma directa el uso y explotación comercial de estos dos locales a las empresas Bicon SA y a Establecimiento Monchiero por el plazo de 10 años, estableciéndose un canon mensual de $ 3.750 por ambos locales, con un incremento anual del 10%.
Que dicha concesión al día de hoy se encuentra vencida, por lo que resulta de imperiosa necesidad realizar un proceso Licitatorio, para poder otorgar la concesión de estos dos locales ubicados en el frente del Cementerio San Lorenzo de nuestra ciudad, uno para ser destinado a florería y el otro con destino a oficina comercial.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.780/2.021
ART.1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a concesionar mediante el sistema de Licitación Privada, los dos locales ubicados en el frente del Cementerio San Lorenzo de nuestra ciudad, uno con destino a florería y el otro para instalación de oficina comercial.
ART.2°) El plazo de la concesión se estipula en cinco (5) años. –
ART.3º) Las bases y condiciones para participar del Concurso de Ofertas, se encuentran en los Anexos I y II que son parte integrante de la presente.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de mayo de 2.021.
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ANEXO I
MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DE LICITACIÓN PRIVADA PARA OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DE DOS LOCALES UBICADOS EN EL FRENTE DEL CEMENTERIO SAN LORENZO.
ARTICULO Nº 1: OBJETO DEL PLIEGO
El presente Pliego establece las bases y condiciones a que se ajustará a la Licitación Privada para otorgar la concesión de dos locales comerciales ubicados en el frente del Cementerio San Lorenzo de Villa Gdor. Gálvez.
ARTICULO Nº 2: DOCUMENTACIÓN
El presente Pliego y demás documentos de la Licitación Privada están a disposición de los interesados y podrán ser consultados en la Secretaría de Gobierno de esta Municipalidad de Lunes a viernes en el horario de 7:00 hs. a 12.30 hs.
ARTICULO Nº 3: RETIRO DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN
Las bases de la presente Licitación Privada podrán ser adquiridas en la Oficina de Receptoría Municipal, Ing. Mosconi 1541, de lunes a viernes en el horario de 7:00 hs a 11:30 hs y hasta las 10 hs del día……. de la apertura de ofertas.
ARTICULO Nº 4: PRECIO DE VENTA DEL PLIEGO
El costo del Pliego se establece en la suma de Pesos quinientos cuarenta ($ 540.-), para el local con destino a oficina comercial y de pesos novecientos ($900) para el local con destino a florería. Si el pretenso oferente quiera ofrecer por ambos locales el valor del pliego será de pesos mil cuatrocientos cuarenta ($1.440.-)
ARTICULO Nº 5: PLAZO DE LA CONCESIÓN:
La vigencia de la concesión del servicio se establece por un término de 5 años.
ARTICULO Nº 6: LA OFERTA Y SU MANTENIMIENTO
OFERTA: La oferta por el canon mensual por el local con destino a oficina comercial no podrá ser inferior a la suma de Pesos nueve mil ($9.000-) mensuales para el 1er Año de vigencia de la concesión, por el resto del plazo de la concesión abra que adicionar una actualización anual determinada de acuerdo al coeficiente estipulado en la Ley 27.551 Art 14.-
La oferta por el canon mensual por el local con destino a florería no podrá ser inferior a la suma de Pesos quince mil ($15.000.-) mensuales para el 1er Año de vigencia de la concesión, por el resto del plazo de la concesión abra que adicionar una actualización anual determinada de acuerdo al coeficiente estipulado en la Ley 27.551 Art 14.-
Las ofertas podrán realizarse por separado, es decir por local de acuerdo al interés del oferente. Sin perjuicio de que un oferente pueda realizar ofertar por ambos locales.
MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Los proponentes están obligados a mantener su oferta durante un plazo de sesenta (60) días, para ello deberán presentar una declaración jurada que indique que se obligan al mantenimiento de la oferta por el plazo antes expresado. El plazo de mantenimiento de las propuestas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación a menos que los oferentes se retracten por escrito, en cualquier oportunidad, después del vencimiento de dicho plazo. Si la retracción de la oferta ocurriera antes del plazo estipulado anteriormente el oferente será pasible del retiro por 2 años del registro de proveedores del municipio.
ARTICULO Nº 7: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION
Las ofertas deben ser presentadas en la Mesa de Entradas de la Municipalidad, en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto. No serán tenidas en cuenta todas aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio, con posterioridad a la fecha y hora indicada en la notificación o el aviso, aun cuando se justifique con matasellos u otro elemento de haberse despachado a tiempo.
ARTICULO Nº 8: CONDICIONES DE LOS OFERENTES REQUISITOS
- Estar inscriptos o haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad.
- En caso de tratarse de sociedades, su período de duración deberá ser, como mínimo, de un año más del total de las obligaciones contractuales.
- Demostrar por sus antecedentes comprobables como así también su capacidad técnica, haber prestado este tipo de servicios, aportando antecedentes comprobables en contrataciones similares o de igual servicio al solicitado en la presente.
- No haber sido condenado por fraude, estafa o cualquier otro delito infamante.
- No haber sido sancionado por incumplimiento, con multas superiores al 10 % del monto contractual, en contratos con la Municipalidad en los últimos 3 (tres) años.
- El objeto social deberá permitirles la prestación de los servicios que se licitan y las actividades que ofrezcan en su plan de acción.
Sin perjuicio de las demás exigencias que se establecen en el presente, deberán cumplimentar los siguientes requisitos mínimos:
- PERSONAS HUMANAS
Datos (nombre, apellido, DNI, estado civil, datos del cónyuge si fuese casado, profesión, domicilio real).
Constancia de inscripción de Ingresos Brutos, si correspondiere.
Clave Única de Identificación Tributaria.
- PERSONAS JURÍDICAS
Copia autenticada de contrato social debidamente inscripto.
Copia de instrumentos que acrediten personería jurídica de quien actúe ejerciendo representación de la sociedad.
Constancia de inscripción de Ingresos Brutos, si correspondiere.
Clave Única de Identificación Tributaria.
Denunciar domicilio legal de la firma y actualizaciones.
ARTICULO Nº 9: PRESENTACIÓN
Para presentarse a la Licitación y para que sea válida su concurrencia el proponente deberá depositar por sí o por interpósita persona, en la Oficina de Mesa General de Entradas y Salidas de la Municipalidad sita en calle Ingeniero Mosconi 1541, hasta el día y hora establecido para la presentación en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para esta Municipalidad por demora o extravío de cualquier origen.
En ningún caso el sobre de presentación podrá tener membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevar como única leyenda la siguiente:
“LICITACIÓN PRIVADA- PARA LA CONCESIÓN DEL LOCAL COMERCIAL DEL CEMENTERIO SAN LORENZO A VERIFICARSE EL DIA …….A LAS ….. HS. EN LA SEDE MUNICIPAL DE VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ”
ARTICULO Nº 10: DOCUMENTOS PARA LA PRESENTACION
Los documentos que deben incluirse para la presentación son los siguientes:
SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN
- Pliego debidamente rubricado por el proponente.
- Recibo de pago que acredite haber adquirido el Pliego del concurso de ofertas.
- Inscripción y/o constancia de inicio del trámite de inscripción en el Registro de Proveedores de esta Municipalidad.
- Presentación del Nº de C.U.I.T., Certificación de los últimos seis (6) pagos de I.V.A., Ingresos Brutos, Impuestos a las Ganancias, si le correspondiere.
- Antecedentes de la Empresa.
- La declaración jurada que para ante cualquier controversia judicial que se suscite, se acepta la jurisdicción del Juzgado de 1º Instancia de Circuito Nº 33 de la ciudad de Villa Gdor. Gálvez y en caso de incompetencia de tal juzgado, la de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario.
- Certificado de cumplimiento tributario Decreto Nro 6.990/19.-
SOBRE Nº 2: PROPUESTA:
- SOBRE PROPUESTA: Debidamente cerrado, conteniendo únicamente la propuesta con la que el interesado se presenta a la Licitación Privada y llevar por leyenda únicamente: SOBRE PROPUESTA – LICITACIÓN PRIVADA – DECRETO Nº ……..
La omisión de los requisitos exigidos en los Incisos a) y/o h) será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura por las autoridades que lo dirijan.
La omisión de lo requerido por los restantes incisos podrá ser suplido dentro del término de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS transcurrido el cual sin que la omisión haya sido subsanada, podrá ser rechazada la propuesta.
ARTICULO Nº 11: PROPUESTA
Se presentará de conformidad con las siguientes normas:
1º) FORMALIDADES: La propuesta se presentará redactada en idioma castellano, sin raspaduras, enmiendas, entre líneas o testaduras, que no se hubieran salvado normalmente al final. Será colocada en el sobre propuesta conforme a la especificación pertinente. La propuesta deberá ser firmada debidamente por el proponente.
ARTICULO Nº 12: CONDICIONES DE PAGO
Los pagos del canon mensual se harán a través de la Secretaría de Hacienda, del día uno (1) al día cinco (5) de cada mes.
ARTICULO Nº 13: ACTO DE LA LICITACIÓN PRIVADA
El acto de la Licitación Privada se verificará en la oficina que se habilite especialmente al efecto en la sede municipal en el día y hora fijados; si éste fuera día inhábil para esta Administración, la apertura se llevará a cabo el día hábil inmediatamente posterior al originalmente establecido; con asistencia de funcionarios autorizados y de todas las personas que deseen concurrir al acto. Todos los oferentes, hayan comparecido o no al acto o hayan suscripto o no el acta, quedarán notificados de lo obrado desde el día del acto.
Las personas que invoquen representación, deberán acreditar su personería mediante poderes otorgados fehacientemente por los titulares.
ARTICULO Nº 14: APERTURA DEL SOBRE PRESENTACIÓN
El día de la Licitación Privada y a la hora fijada, con la presencia de funcionario autorizado se anunciará el número de las propuestas recibidas e inmediatamente se procederá a abrir los sobres de presentación en presencia de los interesados que concurran al acto, mencionando los documentos con que cada uno se acompaña.
Terminado el examen de la documentación de las propuestas se dirán las observaciones que tengan que formular los proponentes presentes y/o su representante autorizado o los funcionarios actuantes.
ARTICULO Nº 15: APERTURA DE LAS PROPUESTAS
Los sobres propuestas correspondientes a las presentaciones que llenen los requisitos establecidos, quedarán de hecho incluidos en la Licitación Privada serán abiertos, dándose lectura a las propuestas en presencia de los concurrentes.
Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes autorizados, podrán formular las observaciones que creen necesarias.
ARTICULO Nº 16: OBSERVACIONES
Las observaciones que se formulen durante el acto del concurso de ofertas deberán ser concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o los documentos relacionados en el momento que se observan. Se presentará en forma verbal, sin admitirse discusión sobre ellas.
ARTICULO Nº 17: ACTA
De todo lo ocurrido en el acto Licitatorio se labrará acta y previa lectura será firmada por los funcionarios actuantes y asistentes autorizados que quisieran hacerlo. En este acto se dejará constancia de las observaciones que se formulen y de las decisiones que adopte el presidente.
Todos los proponentes debidamente autorizados tendrán derecho a hacer asentar en este acto las observaciones que a su criterio sean procedentes. – Todos los oferentes, hayan comparecido o no al acto o haya suscripto o no el acta, quedarán notificados de lo obrado desde el día del acto.
ARTICULO Nº 18: ” IMPUGNACIONES “
La formulación de las impugnaciones estará reglamentada por:
- Los oferentes tendrán derecho a tomar vista de lo actuado en las actas en las que hubieran formulado propuestas durante el día siguiente hábil al de la apertura de la Licitación Privada, concurriendo para tal fin a la dependencia municipal de origen donde se hubiera realizado el acto, pudiendo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del término anterior, presentar las impugnaciones que estimaren procedentes.
- Las impugnaciones deberán ser presentadas separadamente, cada una de ellas por escrito exponiendo las razones de hecho y de derecho en que se funden.
- Las impugnaciones a las propuestas de terceros no fundadas, o aquellas insignificantes o carentes de importancia que a juicio real del Departamento Ejecutivo hayan tenido el propósito de entorpecer el trámite de adjudicación, harán pasible a quien las haya formulado de ser suspendido hasta doce (12) meses en el Registro de Proveedores por el Departamento Ejecutivo.
- Los oferentes deberán concurrir obligatoriamente a tomar vistas de las impugnaciones hechas por terceros, si las hubiere, a partir del plazo establecido para efectuar las impugnaciones.
ARTICULO Nº 19: MEJORA DE PRECIOS
Si entre las propuestas presentadas y admisibles hubiera dos o más igualmente ventajosas y más convenientes que las demás a criterio de la Administración, se llamará a mejora de precios en propuesta cerrada entre esos proponentes exclusivamente, señalándose a tal efecto:
- Aprobación de la Licitación.
- Mención de cuáles son las ofertas más convenientes.
- Día y hora para la presentación de mejoras que se establecerá dentro de los 10 días a partir de la notificación del decreto de llamado a mejora de precios. La resolución definitiva deberá dictarse dentro del término de los diez (10) días siguientes.
ADJUDICACIÓN
ARTICULO Nº 20: ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Cumplidos los trámites administrativos que corresponden, la administración juzgará en definitiva y resolverá la aceptación que crea más conveniente, adjudicando la concesión al proponente que la hubiera formulado.
La Administración podrá también, si así lo estima conveniente, rechazar todas las propuestas, sin que esto de derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los interesados en la misma.
Igualmente, si el acto de la Licitación Privada hubiera tenido vicios o si hubiera violado, por parte de los funcionarios, las disposiciones establecidas en este Pliego, la autoridad podrá declarar nulo la Licitación Privada.
ARTICULO N° 21: FIRMAS DE CONTRATO
El Sr. Intendente de la Municipalidad y/o el Sr. Secretario de Gobierno, formalizarán el contrato respectivo con su rúbrica, por una parte, en su carácter de concedente; mientras que por la otra parte lo hará el concesionario y el fiador que se constituya como tal de conformidad con los requisitos pautados en el contrato.
ARTICULO Nº 22: FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Resuelta la adjudicación y comunicada oficialmente al adjudicatario mediante copia autenticada del decreto o resolución correspondiente, ésta se presentará dentro de los dos (2) días subsiguientes para firmar el contrato respectivo.
ARTICULO Nº 23: RESCISIÓN DEL CONTRATO
La Municipalidad tendrá derecho a rescindir el contrato al que la Licitación Privada de lugar, sin reconocimiento de indemnización alguna por parte de la Municipalidad y sin perjuicio del derecho a ésta de reclamar daños y perjuicios en los siguientes casos:
- Por quiebra, concurso preventivo o concurso civil de la adjudicataria.
- Cuando la adjudicataria incumpla con obligaciones a su cargo impuestas en el contrato y/o en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas Particulares.
- d) En caso de incapacidad sobreviniente o muerte del concesionario, la Municipalidad podrá rescindir el contrato si dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días sus representantes legales o herederos, según corresponda, no lo tomaren a su cargo siempre que a juicio de la Municipalidad tuvieren o suplieren las condiciones necesarias de capacidad para el cumplimiento del mismo.
- e) cuando sin autorización previa de la Municipalidad, la adjudicataria transfiriera o subcontrate el objeto de la presente Licitación Privada.
- f) en los casos previstos en el contrato de concesión que se suscriba.
ARTICULO Nº 24: INFORMACIÓN SUPLEMENTARIA – CIRCULARES ACLARATORIAS
Las dudas que pudieran originarse con respecto al presente Pliego y otros documentos de la Licitación Privada por parte de los interesados en formular propuestas, deberán plantearse por escrito ante la Secretaría respectiva, concretando la aclaración que estime necesario, la que podrá efectuarse hasta dos (2) días antes de la fecha estipulada para la apertura de las propuestas.
La Municipalidad podrá, por iniciativa propia, realizar modificaciones al Pliego, las que serán comunicadas a través de circulares enumeradas correlativamente, a todos los adquirientes del pliego.
Todas las circulares que se emitan quedarán incorporadas al pliego y formarán parte de él.
Las personas postulantes no podrán argumentar desconocimiento de las circulares por falta de recibo, debiendo concurrir obligatoriamente a la Municipalidad hasta el día hábil anterior a la apertura, a tomar conocimiento y retirar copia de las circulares emitidas. La Municipalidad extenderá constancia del cumplimiento de este requisito.
ARTICULO Nº 25: TRANSCRIPCIÓN DE LA LEY 2756 ART 18:
“Cuando la Municipalidad fuera condenada al pago de una deuda cualquiera, la Corporación arbitrará dentro del término de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad, de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación del Municipio, y deberá ser transcripta en toda escritura pública o contrato que se celebre con particulares”.
ANEXO II
- PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES (FLORERIA).
- a) El presente concurso de precios tiene por objeto la concesión de un local comercial ubicado en el frente del Cementerio San Lorenzo de Villa Gdor. Gálvez, que cuenta con 4 mts de ancho por 10 mts de largo, 5 aberturas 4 de ellas son ingresos al local cuyas medidas son de 2×2 mts con su correspondiente persiana metálica y una ventana con persiana metálica, un baño con accesorios y un ventiluz, cuenta con pisos de cerámicos y mampostería por dentro y por fuera. Cuenta con agua y instalaciones eléctricas.
- b) El local en cuestión, tendrá como destino la instalación de una Florería, por lo cual los interesados deberán demostrar experiencia en el rubro.
- c) El personal que se desempeñe en cumplimiento del objeto del presente contrato deberá estar registrado conforme a la ley y contar con el seguro respectivo y demás requisitos pautados en el contrato a suscribir.
- d) El proponente garantiza la indemnidad de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez obligándose a responder ante cualquier reclamo que esta reciba como consecuencia de su accionar.
- e) El proponente deberá contratar un seguro de incendio y responsabilidad civil de acuerdo a las características del local.
- f) La concesionaria deberá ocupar el espacio que delimite el Departamento Ejecutivo Municipal, encargándose de la limpieza y embellecimiento del lugar. Deberán pintar a nuevo el local tanto en su interior, como en su exterior. Deberán colocar nueva luminaria en el sector exterior, todo ello de acuerdo a las directivas que le indique la Secretaria de obras públicas.
- g) Deberá cumplir con las normas vigentes en materia de salubridad, seguridad e higiene.
- PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES (OFICINA COMERCIAL).
- a) El presente concurso de precios tiene por objeto la concesión de un local comercial ubicado en el frente del Cementerio San Lorenzo de Villa Gdor. Gálvez, que cuenta con 3.492 mts de largo y 2.85 mts de ancho y una superficie total de 9.95 m2. Dicho local cuenta con mampostería revocada por dentro y por fuera, aberturas de hierro, cortinas metálicas, pisos de mosaicos granítico, lavamentos, azulejos, agua corriente, desagües e instalación eléctrica.
- b) El local en cuestión, tendrá como destino la instalación de una oficina comercial dedicada a la venta de nichos, panteones y arte funerario en general, prohibiéndose la venta de ataúdes.
- c) El personal que se desempeñe en cumplimiento del objeto del presente contrato deberá estar registrado conforme a la ley y contar con el seguro respectivo y demás requisitos pautados en el contrato a suscribir.
- d) El proponente garantiza la indemnidad de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez obligándose a responder ante cualquier reclamo que esta reciba como consecuencia de su accionar.
- e) El proponente deberá contratar un seguro de incendio y responsabilidad civil de acuerdo a las características del local.
- f) La concesionaria deberá ocupar el espacio que delimite el Departamento Ejecutivo Municipal, encargándose de la limpieza y embellecimiento del lugar. Deberán pintar a nuevo el local tanto en su interior, como en su exterior. Deberán colocar nueva luminaria exterior en el sector, todo ello de acuerdo a las directivas que le indique la Secretaria de obras públicas.
- g) Deberá cumplir con las normas vigentes en materia de salubridad, seguridad e higiene.
