Ord. N° 2863/2022 Autorizar al DEM a concesionar por el plazo de 12 meses, el servicio de Buffet en el predio del Parque Regional.

Expte. Nº 7.683/22

VISTO:

La Ley 2756 Art 41 inc3.

La Ordenanza 2421/2016 “Autorización para concesión del Buffet Parque Regional”.

La Ordenanza 2739/2020 “Autorización prorroga concesión Buffet Parque Regional”.

Decreto Nro. 6964/19 del Departamento Ejecutivo Municipal “Llamado a concurso de precios para la concesión del servicio de buffet del parque regional”.

Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nro 102/2019 “Otorga concesión del servicio de Buffet del parque regional a la Sra. Pianosky Adriana Carina”, y             

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Ordenanza Nro. 2421/16 del Concejo Deliberante autorizo al Departamento Ejecutivo Municipal a concesionar mediante el sistema de concurso de precios el servicio de Buffet en el predio del Parque Regional de Villa Gdor. Gálvez.

Que el Decreto Nro. 6964/19 del Departamento Ejecutivo Municipal, llamó a concurso de precios para concesionar el servicio de buffet del Parque Regional.

Que finalizado el proceso de concurso de precios se otorgó mediante decreto Nro. 102/2019 del Departamento Ejecutivo Municipal, la concesión del servicio de Buffet a la Sra. Pianosky Adriana Carina, por el periodo de diciembre de 2019 hasta mayo de 2020, el cual se fue prorrogando con la debida autorización del Concejo Deliberante hasta el 31 de mayo de 2022.

Que atento estar próximo el vencimiento de la concesión del servicio de Buffet del Parque Regional, es necesario realizar un nuevo llamado a concurso de ofertas para dar en concesión al mismo, solicitando a ese cuerpo la autorización correspondiente para iniciar dicho proceso.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.863/2.022

ART.1°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a concesionar por el plazo de 12 meses, mediante el proceso de concurso de ofertas el servicio de Buffet en el predio del Parque Regional Villa Gdor. Gálvez.

ART.2°) La concesión se otorga por el plazo de 12 meses a partir del mes de junio de 2022.

ART.3°) Las bases y condiciones para participar del Concurso de Ofertas, se encuentran en los Anexos I y II que son parte integrante de la presente.

ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de mayo 2.022.

ANEXO I

MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO DE OFERTAS PARA OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN DEL BUFFET UBICADO EN EL PARQUE REGIONAL VILLA GDOR GALVEZ.

ARTICULO Nº 1: OBJETO DEL PLIEGO.

El presente Pliego establece las bases y condiciones a que se ajustará a al Concurso de Ofertas para otorgar la concesión del Buffet y quiosco ubicado en el Parque Regional Villa Gdor. Gálvez.

ARTICULO Nº 2: DOCUMENTACIÓN.

El presente Pliego y demás documentos del Concurso de ofertas están a disposición de los interesados y podrán ser consultados en la Secretaría de Gobierno de esta Municipalidad de Lunes a viernes en el horario de 7:00 hs. a 12.30 hs.

ARTICULO Nº 3: RETIRO DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN.

Las bases de la presente Licitación Privada podrán ser adquiridas en la Oficina de Receptoría Municipal, Ing. Mosconi 1541, de lunes a viernes en el horario de 7:00 hs a 11:30 hs y hasta las 10 hs del día 18 de mayo de 2022, día de la apertura de ofertas a las 11 hs.

ARTICULO Nº 4: PRECIO DE VENTA DEL PLIEGO.

El costo del Pliego se establece en la suma de Pesos seiscientos cincuenta ($ 650).

ARTICULO Nº 5: PLAZO DE LA CONCESIÓN:

La vigencia de la concesión del servicio se establece por un término de 12 meses.

ARTICULO Nº 6: LA OFERTA Y SU MANTENIMIENTO

OFERTA: La oferta por el canon mensual por la concesión del Buffet no podrá ser inferior a la suma de Pesos treinta y ocho mil ($ 38.000.-) mensuales para el periodo que va de junio a noviembre de 2022, para el periodo que va de diciembre 2022 a febrero 2023 incluido, el precio no podrá ser inferior a pesos ochenta y ocho mil ($ 88.000.-). para el periodo de marzo a mayo 2023 incluido el precio no podrá ser inferior a pesos cuarenta y dos mil ($ 42.000.-).

MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:

Los proponentes están obligados a mantener su oferta durante un plazo de sesenta (60) días, para ello deberán presentar una declaración jurada que indique que se obligan al mantenimiento de la oferta por el plazo antes expresado. El plazo de mantenimiento de las propuestas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación a menos que los oferentes se retracten por escrito, en cualquier oportunidad, después del vencimiento de dicho plazo. Si la retracción de la oferta ocurriera antes del plazo estipulado anteriormente el oferente será pasible del retiro por 2 años del registro de proveedores del municipio.

ARTICULO Nº 7: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION

Las ofertas deben ser presentadas en la Mesa de Entradas de la Municipalidad, en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto. No serán tenidas en cuenta todas aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio, con posterioridad a la fecha y hora indicada en la notificación o el aviso, aun cuando se justifique con matasellos u otro elemento de haberse despachado a tiempo.

ARTICULO Nº 8: CONDICIONES DE LOS OFERENTES REQUISITOS

1) Estar inscriptos o haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad.

2) En caso de tratarse de sociedades, su período de duración deberá ser, como mínimo, de un año más del total de las obligaciones contractuales.

3) Demostrar por sus antecedentes comprobables como así también su capacidad técnica, haber prestado este tipo de servicios, aportando antecedentes comprobables en contrataciones similares o de igual servicio al solicitado en la presente.

4) No haber sido condenado por fraude, estafa o cualquier otro delito infamante.

5) No haber sido sancionado por incumplimiento, con multas superiores al 10 % del monto contractual, en contratos con la Municipalidad en los últimos 3 (tres) años.

6) El objeto social deberá permitirles la prestación de los servicios que se licitan y las actividades que ofrezcan en su plan de acción.

Sin perjuicio de las demás exigencias que se establecen en el presente, deberán cumplimentar los siguientes requisitos mínimos:

  1. PERSONAS HUMANAS

Datos (nombre, apellido, DNI, estado civil, datos del cónyuge si fuese casado, profesión, domicilio real).

Constancia de inscripción de Ingresos Brutos, si correspondiere.

Clave Única de Identificación Tributaria.

B) PERSONAS JURÍDICAS

Copia autenticada de contrato social debidamente inscripto.

Copia de instrumentos que acrediten personería jurídica de quien actúe ejerciendo representación de la sociedad.

Constancia de inscripción de Ingresos Brutos, si correspondiere.

Clave Única de Identificación Tributaria.

Denunciar domicilio legal de la firma y actualizaciones.

ARTICULO Nº 9: PRESENTACIÓN

Para presentarse a la Licitación y para que sea válida su concurrencia el proponente deberá depositar por sí o por interpósita persona, en la Oficina de Mesa General de Entradas y Salidas de la Municipalidad sita en calle Ingeniero Mosconi 1541, hasta el día y hora establecido para la presentación en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para esta Municipalidad por demora o extravío de cualquier origen.

En ningún caso el sobre de presentación podrá tener membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevar como única leyenda la siguiente:

“CONCURSO DE OFERTAS-  PARA LA CONCESIÓN DEL BUFFET DEL PARQUE REGIONAL VILLA GDOR GALVEZ, A VERIFICARSE EL DIA 18/05/2022.A LAS 11 HS. EN DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO EDUCACIÓN Y CULTURA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ”.

ARTICULO Nº 10: DOCUMENTOS PARA LA PRESENTACION

Los documentos que deben incluirse para la presentación son los siguientes:

SOBRE Nº 1: DOCUMENTACION

a) Pliego debidamente rubricado por el proponente.

b) Recibo de pago que acredite haber adquirido el Pliego del concurso de ofertas.

c) Inscripción y/o constancia de inicio del trámite de inscripción en el Registro de Proveedores de esta Municipalidad.

d) Presentación del Nº de C.U.I.T., Certificación de los últimos seis (6)   pagos de I.V.A., Ingresos Brutos, Impuestos a las Ganancias, si le correspondiere.

e)  Antecedentes de la Empresa.

f) La declaración jurada que para ante cualquier controversia judicial que se suscite, se acepta la jurisdicción del Juzgado de 1º Instancia de Circuito Nº 33 de la ciudad de Villa Gdor. Gálvez y en caso de incompetencia de tal juzgado, la de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario.

g) Certificado de cumplimiento tributario Decreto Nro 6.990/19.-

ANEXO II

  1. PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES.

a) El presente concurso de ofertas tiene por objeto la concesión de un local comercial ubicado en el predio del Parque Regional Villa Gobernador Gálvez, que cuenta con paredes de material, con revestimiento cerámico en la zona de preparación de comidas, se encuentra techado en su totalidad con chapa galvanizada, cuenta con una zona de barra la cual es cerrada por medio de persianas metálicas y una puerta de ingreso. Cuenta con agua e instalación eléctrica completa. El concesionario deberá armarse de toda la infraestructura que considere necesaria para el adecuado funcionamiento del buffet y quiosco. 

b) El local en cuestión, tendrá como destino la instalación de un Buffet y quiosco, por lo cual los interesados deberán demostrar experiencia en el rubro.

c) El personal que se desempeñe en cumplimiento del objeto del presente contrato deberá estar registrado conforme a la ley y contar con el seguro respectivo y demás requisitos pautados en el contrato a suscribir.

d) El proponente garantiza la indemnidad de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez obligándose a responder ante cualquier reclamo que esta reciba como consecuencia de su accionar.

e) El proponente deberá contratar un seguro de incendio y responsabilidad civil de acuerdo a las características del local.

f) La concesionaria deberá ocupar el espacio que delimite el Departamento Ejecutivo Municipal, encargándose de la limpieza y embellecimiento del lugar.

g) Deberá cumplir con las normas vigentes en materia de salubridad, seguridad e higiene.

h) Además del servicio de Buffet deberán ofrecer el servicio de alquiler de sillas, tablones y caballetes en concordancia con el número de público visitante.   

i) Deberán garantizar la apertura del Buffet de acuerdo al itinerario que el Departamento Ejecutivo Municipal le indique en consonancia con las actividades que se realizan en el predio del Parque Regional, el incumplimiento de lo dispuesto en el presente es causal de rescisión de la concesión.

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