Expte. Nº 7.950/22
VISTO:
La Ley Nº 2756,
Las Ordenanzas Nº 2.821/21, Nº 2.839/2021 y N° 2.898/2022,
La necesidad de modificar el presupuesto vigente para el año en curso a fin de adecuar las partidas presupuestarias, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar el Presupuesto del Concejo Deliberante para el ejercicio 2022, a efectos de adecuar las partidas presupuestarias como consecuencia del ajuste dispuestos por la Festram, en Acta Acuerdo de Paritarias Municipales para Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, de fecha 19 de setiembre de 2022, en el que se resolvió fijar un incremento del 81% sobre la política salarial vigente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.920/2.022
ART.1º) Modifíquese el Art. 1º de la Ordenanza 2.821/2021, que quedará redactado de la siguiente manera: ART.1º) Fíjese en $ 193.780.000.- (Pesos Ciento Noventa y Tres Millones Setecientos Ochenta Mil ) el monto correspondiente al Presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez para el Año 2.022, que forma parte integrante del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART.2º) Modifíquese el Art. 2º de la Ordenanza 2.821/2021, que quedará redactado de la siguiente manera: “El monto establecido en el Art. 1º se discrimina en los siguientes rubros:
Dietas $ 26.900.000.-
Gastos de Representación $ 18.800.000.-
Gastos de Funcionamiento $ 13.800.000.-
Sueldos Personal y Gabinete $ 94.250.000.-
Aportes Previsionales y Sociales $ 32.150.000.-
Gastos Difusión $ 1.320.000.-
Seguros $ 3.160.000.-
Subsidios y Colaboraciones $ 3.400.000.-
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$ 193.780.000.-
ART.3º) Mantiénese la plena vigencia de los artículos 3º y 4ª de la Ordenanza 2.821/2.021, con las modificaciones incorporadas por la Ordenanza 2839/2021.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de noviembre de 2.022.