Expte. Nº 7.952/22
VISTO:
La reciente sanción de la Ley N° 14.176 y teniendo en miras la existencia de la Ley 12.385 y sus Decretos reglamentarios, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 14.176 autoriza a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe a afectar, hasta el cincuenta por ciento (50%) de los montos que le corresponden en el ejercicio 2022 del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados, según Ley N° 12.385 y modificatorias, para ser aplicados a gastos corrientes.
Que teniendo en miras que la Municipalidad posee fondos disponibles dentro de la asignación correspondiente al periodo 2022 de la Ley 12.385, por no haber sido utilizados.
Que la actual situación económica-financiera, que no difiere de la que padece la Provincia de Santa Fe, aconseja solicitar los beneficios que concede el Ar. 1° de la Ley N° 14.176.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.923/2.022
ART.1°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a solicitar a la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que asigne el importe de $ 75.533.805.61, el que no excede del 50% de los fondos que en virtud de la Ley 12.385 le corresponde a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para el periodo 2022, para ser afectados a gastos corrientes, en el marco del Art. 1° de la Ley N° 14.176 y su reglamentación.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de noviembre de 2.022.