Expte. Nº 8.391/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756
La Ordenanza N° 3.040/24, sancionada en fecha 16 de mayo del corriente año,
La nota presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal solicitando la modificación de la Ordenanza Nº3.040/24, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la modificación de varios artículos de la Ordenanza N° 3.040/24 correspondiente al FSSE.
Que dichas modificaciones son en pos de lograr una mejor redistribución y aplicación de dicho fondo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.046/2.024
ART.1°) Modifíquese el Art. 1°de la Ordenanza N° 3.040/24 en el ítem relacionado a Salud, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Salud: Adquisición y mantenimiento de aparatos, instrumentales, medicamentos y demás elementos necesarios, excluídos los gastos en remuneraciones de servicios técnicos, profesionales y recursos humanos”.
ART.2°) Modifíquese el Art. 3° de la Ordenanza N° 3.040/24, agregando como tercer párrafo del mismo, lo siguiente: “En caso que el mùltiplo de la cantidad de Instituciones por la cantidad de UTM superen el 30% de recaudación, este se dividirá en partes iguales entre todas las instituciones”.
ART.3°) Modifíquese el Art. 5º de la Ordenanza Nº 3.040/24, agregando como inciso C), lo siguiente: “C) Alquileres según Artículo 3”
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de mayo de 2.024.
AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL

