ORDENANZA 3055/2024 – Modificación art 2° y 4° Ord 3050/24

Expte. Nº 8.404/24

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756

            La Ordenanza N° 3.050/24, sancionada en fecha 30 de mayo del corriente año,

            La nota presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal solicitando la modificación de la Ordenanza Nº 3.050/24, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la modificación de la Ordenanza N° 3.050/24 correspondiente a la compra directa del inmueble donde funciona el Club Atlético y Deportivo Villa Gobernador Gálvez.

Que es necesario proceder al dictado de la normativa pertinente.

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.055/2.024

ART.1°) Modifíquese el Art. 2°de la Ordenanza N° 3.050/24 el que quedará redactado de la siguiente manera: “ART.2°) Autorízase al gasto de hasta S 75.000.000 (Pesos setenta y cinco millones). Dicha suma se abonará en un 80% (ochenta por ciento) o sea $ 60.000.000 (pesos sesenta millones) al momento de la firma del boleto de compraventa con toma de posesión del mismo, y el 20% restante o sea $ 15.000.000 (pesos quince millones) al momento de la escritura traslativa de dominio, ante escribano a designar por el municipio y en un plazo no mayor a 60 días corridos desde la firma del boleto para la compra del inmueble de referencia, con fondos provenientes del Fondo de Asistencia al Deporte. Asimismo, el gasto que irrogue la mentada escritura traslativa de dominio será soportada en un 70% por el Municipio y el 30% corresponderá al vendedor.

            En el caso que los fondos provenientes no lleguen a cubrir el monto total de la operación, el Ejecutivo Municipal adelantará dichos fondos de Rentas Generales. Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones en las partidas presupuestarias necesarias para la ejecución de la presente Ordenanza, dichos cambios deberán ser informados al Concejo Deliberante.”

ART.2°) Modifíquese el Art. 4° de la Ordenanza N° 3.050/24, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ART.4°)  Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a entregar en Comodato por el plazo de 10 años, prorrogable por 10 años más, el inmueble en el que actualmente se encuentra funcionando el “Club Atlético y Deportivo de Villa Gobernador Gálvez”, en los términos y bajo las condiciones que la reglamentación establezca.

            Una vez concluida la cesión, todo lo plantado en la parcela quedará de uso exclusivo del Departamento Ejecutivo Municipal.”

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio  de 2.024.

AUTOR: ESTEBAN LENCI

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