Expte. Nº 8.532/24
VISTO:
La Ley Nº 2756,
La Ordenanza Nº 2.999/23 y,
La necesidad de modificar el presupuesto vigente para el año en curso a fin de adecuar las
partidas presupuestarias, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar el Presupuesto del Concejo Deliberante para el ejercicio 2024, a
efectos de adecuar las partidas presupuestarias como consecuencia de reacomodamiento del personal de
planta permanente de este Cuerpo Deliberativo y los ajustes dispuestos por la Festram, en Actas Acuerdo
de Paritarias Municipales para Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, de los meses de
febrero, marzo, mayo y agosto, en el que se resolvió fijar un incremento del 85% sobre la política salarial
vigente.
Que es necesario considerar las mejoras edilicias que fueron realizándose y las proyectadas para
el presente ejercicio.
Que es menester considerar los incrementos inflacionarios ocurridos durante el año, reflejándose
en una suba de los precios de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la institución.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.090/2.024
ART.1º) Modifíquese el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2.999/2023, que quedará redactado de la siguiente
manera: ART.1º) Fíjese en $ 1.322.450.000.- (Pesos Mil Trescientos Veintidós Millones Cuatrocientos
Cincuenta Mil) el monto correspondiente al Presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante de Villa
Gobernador Gálvez para el Año 2.024, que forma parte integrante del Presupuesto General de Gastos y
Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART.2º) Modifíquese el Art. 2º de la Ordenanza 2.999/2023, que quedará redactado de la siguiente
manera: ART 2º) “El monto establecido en el Art. 1º se discrimina en los siguientes rubros:
Dietas $ 163.150.000.-
Gastos de Representación $ 116.500.000.-
Gastos de Funcionamiento $ 163.300.000.-
Sueldos Personal y Gabinete $ 635.500.000.-
Aportes Previsionales y Sociales $ 207.000.000.-
Gastos Difusión $ 6.800.000.-
Seguros $ 18.400.000.-
Subsidios y Colaboraciones $ 11.800.000.-
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$ 1.322.450.000.-
ART.3º) Mantiénese la plena vigencia de los Artículos 3º y 4° de la Ordenanza 2.999/2.023.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de septiembre de 2.024.