Expte. Nº 8.566/24
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756.
La Ordenanza N° 2.255/14; creación del Instituto de Audiencia Pública.
El reclamo de jóvenes y sectores de la sociedad y;
CONSIDERANDO:
Que existen diversas opiniones, propuestas y experiencias sobre la problemática de la nocturnidad en
forma integral y que no hay ningún organismo ni oficina del estado municipal que lo discuta en forma grupal
con los sectores intervinientes.
Que es propósito general es crear una comisión de nocturnidad y recreación que ponga sobre la mesa
la discusión de volver a poder disfrutar de la nocturnidad en la ciudad, y que esté regulada de forma integral,
escuchando a los principales actores que usufructúan esa nocturnidad o desarrollen sus actividades
económicas en ella.
Que es necesario un marco legal a una realidad social renovada, a un fenómeno multicausal que debe
ser puesto en cuestión con el fin de lograr una nocturnidad legal, sana y responsable generando los medios
para propiciar ámbitos de diversión seguros.
Que es necesario posicionar a los jóvenes como actores principales en el debate por la búsqueda de
una nocturnidad responsable, como así también escuchar su visión sobre la propia realidad y las nuevas
formas de diversión nocturna.
Que la comisión buscará poner en foco la responsabilidad de los padres y de la sociedad respecto a la
temática de la nocturnidad.
Que dicho organismo tendrá como uno de sus objetivos dar a conocer a todos los interesados la
diversidad de información y experiencias que existen en relación a la temática, como así también promover la
participación a todo ciudadano que tenga interés particular o general en el tema.
Que la comisión busca, en forma conjunta, herramientas para abordar la multiplicidad de factores que
se suceden con respecto a la nocturnidad en nuestro municipio.
Que es imperiosa la necesidad de buscar regular y dar las condiciones necesarias a los y las vecinas
que quieren volver a disfrutar de la noche.
Que en la actualidad los jóvenes y diferentes sectores que, pueden solventar los gastos, tienen que
dirigirse a localidades vecinas para poder buscar recreación y diversión segura, pero que a la vez están
expuestos a condiciones inseguras al moverse en vehículos que muchas veces no están debidamente
habilitados o que carecen de las medidas de seguridad vehiculares correspondientes.
Que aquellos que no pueden hacerlo caen en la realización de fiestas clandestinas, sin un marco legal
que las ampare ni las condiciones de seguridad pertinentes.
Que es imperiosa la necesidad de recuperar la noche en nuestra ciudad como ámbito de recreación y
diversión legal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.097/2.024
ART.1°) Convócase en fecha y lugar a convenir, a una Audiencia Pública a los fines del tratamiento del tema
de la Nocturnidad y Recreación de Villa Gobernador Gálvez.
ART.2°) Créase la Comisión de Nocturnidad y Recreación de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, a partir
de lo resuelto por la Audiencia Pública, invitando para integrar a la misma a miembros que designe el
Departamento Ejecutivo Municipal, concejales, jóvenes vecinos de nuestra ciudad, padres de víctimas de
accidentes de tránsito, comerciantes que actualmente desarrollen actividades nocturnas, Asociación de
Comercio e Industria y miembros que pertenezcan a instituciones referidas con la temática a tratar.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de octubre de 2.024.
AUTORA: DANIELA BERMUDEZ.

