Expte. Nº 7.626/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
La Ordenanza N° 1144/95 Código Urbano, Art. 3°, y
CONSIDERANDO:
Que existe una escasez de zonas para la expansión industrial en la ciudad y por ello es necesario ampliar las posibilidades a empresarios locales y a futuros inversores industriales, dándoles la oportunidad de adquirir terrenos o proyectar en la localidad.
Que la expansión de tierras destinadas a las industrias mejoraría el desembarco de empresas de distintos tipos; por ejemplo emprendimientos desde los más pequeños y familiares de inversores de nuestra ciudad, hasta empresas de grandes dimensiones que decidan invertir y radicarse en nuestro territorio. En consecuencia, cabe mencionar que el suelo industrial provisto de infraestructura, conectividad y de cercanía con redes de servicios públicos es cada vez más escaso en el área metropolitana del gran Rosario.
Que la ciudad tiene que estar preparada para futuras inversiones en este sentido, ya que por ejemplo el Gobierno Nacional en el año 2021 entregó asistencias por 1.700 millones que alcanzan a 16 provincias incluyendo la provincia de Santa Fe y también anticiparon un esquema masivo de créditos y el lanzamiento de un plan industrial para los siguientes años; por ello se abre un sin fin de posibilidades de gestiones para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Que en relación a ello, es necesario establecer por medio de una ordenanza pautas claras que tiendan a la radicación de emprendimientos industriales y de servicios logísticos en nuestra ciudad.
Que con la radicación de industrias no solo se incrementa el potencial productivo de nuestra ciudad en toda la región sino también se crean nuevas fuentes de trabajo directas e indirectas.
Que un lugar adecuado para la radicación de industrias sería el distrito R1-1, pues cuenta con beneficios en la logística, ya que se encuentra atravesado por accesos como: la Ruta S24, la ruta S25; al este la Ruta provincial 21, y al Oeste la Ruta S22 y la autopista Nacional N° 9 Rosario-Buenos Aires. De esta manera los transportes de cargas no necesitan pasar por el núcleo urbano de nuestra ciudad.
Que la última rezonificación ocurrida por la ordenanza 2632/19, trajo aparejado inconvenientes impositivos en la zona rural R1-2; lo cual requirió la intervención de este Concejo para corregir dicho problema. Por ello ante dicha situaciones es oportuno avanzar con la mayor premura, resolviendo cada solicitud de uso de suelo industrial en particular, cuando se trate de parcelas ubicadas en el distrito R1-1.
Que, en consecuencia es necesario que desde los distintos estamentos de la Municipalidad se acompañe y proceda con prontitud ante las solicitudes por parte de empresas interesadas en radicarse en el distrito R1-1, para que de este modo dicho territorio se vaya adaptando paulatinamente a la necesidades requeridas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.861/2.022
ART.1°) Declárese de interés público la radicación de industrias y/o emprendimientos logísticos en el sector comprendido entre las vías del ferrocarril Rosario Puerto Belgrano al oeste, la continuidad de la calle Paulo VI al norte, la vías del Ferrocarril Rosario Buenos Aires al este y el distrito de Alvear al sur. Dicho sector comprende el actual distrito R1-1, según la ordenanza 1.144/95.
ART.2°) El Departamento Ejecutivo Municipal a través de sus dependencias, así como por medio de la Comisión del Código Urbano en conjunto con el Concejo Deliberante, tratarán con la mayor celeridad las solicitudes referidas a la radicación de empresas industriales y de logísticas que tenga la intención de establecerse en el actual distrito R1-1.
ART.3º) Las industrias que en el término de dos años de aprobada esta ordenanza se radiquen en el sector contemplado por la presente gozarán de los mismos beneficios tributarios que las mencionadas en el item 2 del punto 1) inciso b) las Alícuotas Diferenciales del DREI incluidas en el Artículo 17 de la Ordenanza 2.822/2021.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de abril 2.022.
