Expte. Nº 8.683/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756
La Ordenanza 2.859/22 que autoriza prórroga por el plazo de 3 años del Contrato de Locación del
inmueble sito en calle Balcarce N° 1.734 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.
El Contrato de Locación del inmueble de calle Balcarce N° 1.734, para el funcionamiento de la
Subsecretaría de Control y Convivencia Ciudadana, con vencimiento el 30/11/2.024, y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Deliberante a través del Decreto Nº 911/2016 autorizó a prescindir del Llamado a
Licitación Pública y/o Licitación Privada y celebrar el contrato de locación por contratación directa.
Que el inmueble reúne las condiciones requeridas para el normal funcionamiento de la
Subsecretaría de Control y Convivencia Ciudadana, y resulta imperioso prorrogar dicho contrato de
locación.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha elaborado un modelo de Contrato para la prórroga
del mismo, el cual se adjunta como Anexo 1.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.122/2.024
ART.1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar el Contrato de Locación del
inmueble sito en calle Balcarce N° 1.734 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, cuyo modelo obra
como ANEXO I.
ART.2°) El monto inicial será de $ 1.500.000,00 (pesos un millón quinientos mil) con un ajuste
cuatrimestral de acuerdo al índice de precios al consumidor (IPC) y para su cálculo se sumarán los índices
correspondientes al período cuatrimestral vencido, según lo expresado en el ANEXO I.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2.024.
AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL

