Expte. Nº 8.686/24
VISTO:
La Ley Nº 2756,
Las Ordenanzas Nº 2999/2023 y Nº 3.090/2024
La necesidad de modificar el presupuesto vigente para el año en curso a fin de adecuar las
partidas presupuestarias, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar el Presupuesto del Concejo Deliberante para el ejercicio
2024, a efectos de adecuar las partidas presupuestarias como consecuencia de la aplicación de la
Ley Nª 14.283 sancionada por la provincia en fecha 13/09/2024, fijando un aporte solidario a la
Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, en virtud de la declaración de
emergencia previsional.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 3.126/2.024
ART.1°) Modifíquese el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2.999/2023, que quedará redactado de la
siguiente manera: ART.1º) Fíjese en $ 1.322.450.000.- (Pesos Mil Trescientos Veintidós
Millones Cuatrocientos Cincuenta Mil) el monto correspondiente al Presupuesto de Gastos del
Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez para el Año 2.024, que forma parte integrante
del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa
Gobernador Gálvez.
ART.2º) Modifíquese el Art. 2º de la Ordenanza N° 2.999/2023, que quedará redactado de la
siguiente manera: “El monto establecido en el Art. 1º se discrimina en los siguientes rubros:
Dietas $ 158.750.000.-
Gastos de Representación $ 113.000.000.-
Gastos de Funcionamiento $ 163.300.000.-
Sueldos Personal y Gabinete $ 638.300.000.-
Aportes Previsionales y Sociales $ 212.900.000.-
Gastos Difusión $ 6.800.000.-
Seguros $ 18.400.000.-
Subsidios y Colaboraciones $ 11.000.000.-
______
$ 1.322.450.000.-
ART.3º) Manténgase la plena vigencia de los artículos 3º y 4ª de la Ordenanza N° 2.999/2.023,
con las modificaciones incorporadas por la Ordenanza N° 3.090/2024.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2.024.
AUTOR: JORGE MURABITO.

