Decl. Nº 584/21 Declarar de interés Social y Comunitario el pronto tratamiento y aprobación en la  Legislatura de la Provincia de Santa Fe del expte. N° 42.933 solicita incorporar al personal del cuerpo de Bomberos Voluntarios en el programa de vacunación contra el sars-cov-2

Expte. Nº 7.371/21

 

VISTO:

El Proyecto de Comunicación Nº 42933 de la Cámara de Diputados de la provincia.

La Ley Provincial N° 2.756 Ley Orgánica de Municipalidades,

El contexto de emergencia sanitaria vigente a causa de la pandemia de covid-19 atravesada desde el año 2020 hasta la fecha, y

 

CONSIDERANDO:

Que en el Proyecto de Comunicación N° 42.933, se solicita al poder ejecutivo que  disponga incluir entre los grupos prioritarios para recibir la vacunación contra el covid-19 a bomberos voluntarios.

Que es necesaria la adhesión por parte de esta municipalidad al proyecto mencionado anteriormente para obtener los beneficios manifestados en el mismo.

Que, teniendo en cuenta el trabajo esencial que brindan los bomberos a la comunidad y la permanente exposición al virus en la que se encuentran en sus tareas diarias, se requiere la adhesión al proyecto de comunicación nombrado en los párrafos anteriores.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

DECLARACIÓN Nº 584/2.021

 

ART.1°) Declárase de interés Social y Comunitario para el Municipio de Villa Gobernador Gálvez, el pronto tratamiento y aprobación por parte de la  Legislatura de la Provincia de Santa Fe, del expediente N° 42.933, Proyecto de  Comunicación, a través del cual se solicita incorporar al personal del cuerpo de Bomberos Voluntarios de la asociaciones de todo el territorio de la provincia como segmentos objetivos prioritarios dentro de los grupos objetivos en el programa de vacunación contra el sars-cov-2, ingresado en la Cámara de Diputados el día 19 de abril del 2021 por el Diputado Gabriel Real.

 

ART.2°) Elévese copia de la presente Declaración a la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la sanción.

 

ART.3°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de mayo de  2.021.

Descargar PDF: Decl. 584-21

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