Expte. Nº 8.087/23

VISTO:

El Proyecto de Ley ingresado el día 5 de mayo por el Diputado Provincial Carlos Del Frade en la Cámara de Diputados santafesina (Expediente Nº 51.542) destinado a la “Creación de Centros de Cuidados Infantiles para Hijas e Hijos de Trabajadores del Estado”

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,  y

CONSIDERANDO:

Que el día 5 de mayo el Diputado Carlos del Frade ingresó en la Cámara Baja santafesina un proyecto de ley (Expte Nº 51.542) cuyo objeto es la creación y el desarrollo en las dependencias del Estado Provincial de los “Centros de Cuidados Infantiles para Hijas e Hijos de Trabajadores Estatales”.

Que dichos Centros  contemplan el cuidado de niños/as desde los 45 días hasta los 4 años de edad  “para hijos/as de toda persona en relación de dependencia con la administración pública provincial, cualquiera sea su condición laboral”.

Que en el artículo 4º de dicho proyecto se aclara que “los Centros de cuidados infantiles se crearán en los establecimientos donde preste servicios un número mínimo de 30 trabajadoras/es. Cuando el número de trabajadores/as sea inferior, las y los que tengan hijos menores de 4 años tendrán derecho a percibir por cada uno de ellos un adicional mensual en concepto de servicio de cuidado infantil”.

Que en lo referente a los beneficiarios tras la creación de los Centros, en el artículo 5º se enumeran a: “… padres, madres o madres no gestantes de hijos/as de entre 45 días a 4 años de edad. – Sus cónyuges o parejas sean padres o madres no gestantes de hijos/as de entre 45 días a 4 años. -Sean tutores/as de niños o niñas de 45 días a 4 años de edad”.

Que esta iniciativa parlamentaria registra como antecedente el proyecto de ley autoría de la Diputada Provincial (MC) Mercedes Meier, ingresado en el año 2.019 bajo número de expediente 37.207, el cual caducó por falta de tratamiento en las comisiones que le fueran asignadas oportunamente.

Que en los considerandos del proyecto del Diputado Del Frade se enfatiza que “el cuidado es un componente central en el mantenimiento y desarrollo del tejido social, tanto para la formación de capacidades como para su reproducción, y por eso las políticas de cuidado son una inversión en una sociedad más justa, más igualitaria y con mayor cohesión. Implican, del mismo modo, una inversión productiva en la medida en que esa inversión se retribuya en una mayor formación y en un mejor aprovechamiento de los recursos humanos disponibles”

Que en el caso de nuestra ciudad la aprobación del mencionado proyecto implica un notable beneficio para los trabajadores que realizan sus tareas en las dependencias provinciales emplazadas en el ámbito territorial de Villa Gobernador Gálvez y la posibilidad de incrementar la demanda laboral mediante la contratación de quienes desempeñarán las tareas de cuidado en los mencionados Centros Infantiles.

             Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

DECLARACIÓN Nº 682/2.023

ART.1º) Declárase de Interés Social y Comunitario para el Municipio de Villa Gobernador Gálvez el pronto tratamiento y aprobación por parte de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, del proyecto de ley destinado a la “Creación y el desarrollo de Centros de Cuidados Infantiles para hijos e hijas de trabajadoras y trabajadores de cualquiera de las reparticiones de los tres poderes del Estado Provincial”. Proyecto ingresado el día 5 de mayo del corriente año en la cámara baja provincial por el Diputado Carlos del Frade, bajo número de expediente 51.542, que de obtener sanción en la Legislatura santafesina implicará un significativo beneficio para los trabajadores que se desempeñan en las reparticiones que el Estado Provincial posee en nuestra ciudad. Además de favorecerse la generación de nuevos empleos a partir de la contratación de quienes desempeñarán las tareas de cuidado en los mencionados Centros Infantiles.

ART.2°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de mayo  de 2023.

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