VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
La Minuta de Comunicación N° 1.756/2.010
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la calle San Juan entre Bv. San Diego y calle Fornieles, la calzada se encuentra obstruida por la formación de baches de gran tamaño, obstruyendo el paso peatonal y vehicular tránsito.
Que en los baches se acumula agua servida, lo que produce un foco infeccioso, para los vecinos que habitan la zona, los cuales deben de convivir con agua servida en la puerta de sus hogares.
Que los vecinos del barrio, hace más de 8 años que vienen reclamando al Municipio por mejoras en el barrio, y así mejorar la calidad de vida.
Que es deber del municipio velar por la seguridad vial, la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.217/2018
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, realice las tareas de ordenamiento, reparación y mantenimiento de la calle San Juan entre Bv. San Diego y Fornieles.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice controles en inmediaciones de la calle San Juan entre Bv. San Diego y Fornieles para detectar la procedencia del agua servida que se encuentra en la zona en vista realizar las sanciones correspondientes.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de octubre de 2018.
Descargar doc:
